Juez eleva un año la pena del acusado que mató a su pareja tras asestarle 68 puñaladas en Los Belones (Cartagena)

Elimina la atenuante de arrebato, obcecación u otro estado pasional y aumenta la pena a 18 años de cárcel
Antonio F.E., acusado de matar en 2011 acusado de matar a su pareja
Antonio F.E., acusado de matar en 2011 acusado de matar a su pareja
EUROPA PRESS
Antonio F.E., acusado de matar en 2011 acusado de matar a su pareja

La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha elevado de 17 a 18 años de cárcel la pena que deberá cumplir Antonio F.E., el acusado de matar a su pareja sentimental, a la que quitó la vida tras asestarle 68 puñaladas en el domicilio que compartían en Los Belones (Cartagena), el 26 de enero de 2011.

De esta forma, se estima el recurso de apelación que presentó el Ministerio Fiscal contra la sentencia dictada por la magistrada-presidenta del Tribunal del Jurado, María Jover, y revoca la misma al eliminar la atenuante de arrebato, obcecación u otro estado pasional.

En sus fundamentos, la sentencia recoge que "no puede ampararse bajo esta atenuante de estado pasional la reacción violenta, mortífera, por el hecho de que una mujer desee recobrar su libertad y poner fin a una relación de convivencia, sin que conste acreditada una patología psíquica de entidad en el condenado".

Antonio F.E. fue condenado por un delito de asesinato con ensañamiento, con la agravante de parentesco, de su pareja sentimental, tras ser considerado por el jurado popular culpable de los hechos.

El Jurado consideró probado que durante los nueve años que duró la relación, nunca hubo agresión física o maltrato, pero sí "violencia verbal".

Se considera probado, además de las más de 68 puñaladas que propinó a la víctima y que fueron producidas en vida y en un intervalo corto de tiempo "con el propósito de causar un dolor y un sufrimiento innecesario", que el procesado "realizó estos hechos en un estado exacerbado y colérico que le afectó al control de sus impulsos".

Recoge que hubo ensañamiento, un extremo que se deduce en virtud de la prueba pericial de los médicos forenses y del informe de autopsia, en el que se ponía de relieve que la víctima "recibió numerosas puñaladas, muchas de ellas mortales, pero que la muerte no se produjo de manera inmediata".

Y que las facultades mentales de Antonio en el momento de los hechos "se hallaban plenamente conservadas, hasta el extremo de ser capaz de comprender y decidir sus actos", según apreció el Jurado Popular en el veredicto que emitió.

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