Un juez declara improcedente un despido de Emvisesa y ve sesgado el informe de su remodelación

La sentencia zanja que el organigrama acordado en septiembre de 2011 no se traduce en una "disminución del personal directivo"

El Juzgado de lo Social número dos de Sevilla ha declarado "improcedente" el despido de un arquitecto de la Empresa Municipal de Vivienda, Suelo y Equipamiento de Sevilla (Emvisesa), que desde 2009 ostentaba una de las direcciones de área de esta sociedad municipal. En su sentencia, además, la citada instancia judicial avisa de que el informe sobre el que fue creado en septiembre de 2011 el "nuevo organigrama" de Emvisesa es "sesgado y parcial" y carece de todo "rigor metodológico o analítico".

La sentencia, emitida el 8 de abril y recogida por Europa Press, aborda la demanda promovida por Manuel Vicente B.L. contra el "despido objetivo por causas organizativas" al que fue sometido, a manos de Emvisesa, el 23 de septiembre de 2011. Manuel Vicente B.L. accedió en 2004 a la plantilla de Emvisesa por su cualificación como arquitecto y, a partir de 2009, comenzó a disfrutar de la categoría de director de área adscrito al departamento de Proyectos y Rehabilitación.

El estudio de 'KPMG'

Pues bien, la sentencia da cuenta de que el despido de este arquitecto y director de área se produjo después de que la empresa consultora 'KPMG', por encargo de Emvisesa, elaborase un "análisis y diagnóstico" de esta sociedad para crear "una nueva estructura organizativa". Después de que la comisión ejecutiva de Emvisesa aprobase el 23 de septiembre de 2011 un "nuevo organigrama" merced a dicho estudio, la empresa consumó esa misma jornada el despido de Manuel Vicente B.L. alegando "causas organizativas", como se ha señalado.

Pues bien, la sentencia en cuestión examina el caso y, merced a la demanda promovida contra este despido, no reconoce una "vulneración de la libertad ideológica" en la resolución del contrato, pues "no consta acreditada ni la militancia del actor en el PSOE (el partido que gobernaba el Ayuntamiento cuando Manuel Vicente B.L. se incorporó a Emvisesa), ni su ideología o simpatía política, por lo que difícilmente cabe sostener que el actor fuese despedido en atención a ser militante o simpatizante del partido antagónico del que actualmente gobierna".

Informe sin "rigor metodológico"

Pero en otro orden de cosas, la sentencia señala el informe elaborado por la consultora 'KPMG', pues en dicho documento "se apoya técnicamente la medida extintiva". "El documento de 'KPMG' que sirve de base a la reestructuración llevada a cabo (...) carece de rigor metodológico y analítico. No realiza un análisis exhaustivo de los distintos puestos de trabajo de la empresa ni evidencia la existencia de las duplicidades y solapamientos de los que se habla en la carta de despido", asevera la sentencia merced a una serie de "hechos objetivos" que probarían este extremo.

"El informe de la consultora es sesgado y parcial al ofrecer porcentajes sobre el aumento de personal en la empresa tomando como referencia el periodo 2002/2011, obviando el hecho cierto de que el importe neto de la cifra de negocios, indicativo de la actividad, se ha multiplicado". En 2002, Emvisesa contaba con 55 empleados y una cifra de negocio de 2,3 millones de euros, mientras en 2011, la plantilla había evolucionado hasta 111 personas, pero la cifra de negocio se había multiplicado "por 26" y superaba los 63 millones de euros, según las cifras que recoge la sentencia.

Sin "disminución del personal directivo"

Además, el fallo esgrime que pese a las "causas organizativas" alegadas a la hora de este despido, "la nueva estructura directiva no elimina áreas de dirección, sino que las redenomina y cambia de funciones y, lo que es más significativo, no da lugar a una disminución del personal directivo". En este aspecto concreto, abunda la sentencia que "si bien la amortización del puesto de trabajo del demandante supuso la salida de un director de área, de forma coetánea se nombró a uno nuevo". En efecto, "tras el despido del actor, la dirección del área de Planificación, Apoyo y Control fue encomendada a un economista contratado en julio en virtud de un contrato por obra o servicio cuyo objeto era la creación y desarrollo de un área de control de procesos internos de la entidad".

Dados los hechos, la sentencia, susceptible de recurso, estima la demanda de despido y declara "improcedente" la resolución del contrato, condenando a Emvisesa a readmitir al trabajador o indemnizarle.

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