La DGT pone en marcha la Campaña Nacional de Intensificación de la Vigilancia y Control de la Velocidad

La DGT comienza este lunes, 8 de abril, la 14ª Campaña Nacional de Intensificación de la Vigilancia y control de la Velocidad que se prolongará hasta el próximo 14 de abril.
Exceso de velocidad, coche, radar
Exceso de velocidad, coche, radar
DGT
Exceso de velocidad, coche, radar

La DGT comienza este lunes, 8 de abril, la 14ª Campaña Nacional de Intensificación de la Vigilancia y control de la Velocidad que se prolongará hasta el próximo 14 de abril.

Las actuaciones tendrán lugar en potencialmente todas las vías y especialmente en aquellos tramos de las carreteras secundarias en los que exista mayor siniestralidad debido a infracciones por exceso de velocidad, o aquellos cuyo trazado les haga susceptibles de que se produzcan accidentes por velocidad excesiva.

Tal y como explican en nota de prensa, el objetivo de la campaña es concienciar sobre la peligrosidad del exceso de velocidad en la conducción, así como ejercer una labor preventiva con presencia de patrullas, a la vez que se vigilan y controlan los excesos de velocidad mediante radares fijos, estáticos y móviles.

DATOS

En el primer trimestre de 2013, de los 56 accidentes con víctimas ocurridos en vías interurbanas en La Rioja, la velocidad aparece como causa directa o concurrente, en 14 ocasiones (un 25 por ciento). En 2012, se produjeron 231 accidentes con víctimas en vías interurbanas y en 58, un 25,1 por ciento, la causa fue sobrepasar la velocidad establecida o conducir a una velocidad inadecuada para las condiciones existentes.

En 5 -cerca del 36 por ciento- de los 14 accidentes con víctimas mortales ocurridos en 2011 ha estado presente la velocidad, como la causa directa o concurrente de los accidentes mortales. En 2012 no aparece en ningún accidente mortal.

La DGT considera que llevar una velocidad adecuada podría evitar prácticamente una cuarta parte de los muertos en accidente de tráfico.

NORMATIVA

La Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación fijan la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias entre vehículos.

El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros y la retirada de entre 2 y 6 puntos.

Código penal

El artículo 379 del Código Penal, estipula que "el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años".

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