Absueltos diez empleados del Servicio de Basuras de Torrelavega acusados de causar incidentes en una huelga

El Juzgado de lo Penal Número Uno de Santander ha absuelto a diez trabajadores de la empresa Geaser, adjudicataria del Servicio de Basuras de Torrelavega, acusados de causar daños e incidentes en una huelga en junio de 2008.

El Juzgado de lo Penal Número Uno de Santander ha absuelto a diez trabajadores de la empresa Geaser, adjudicataria del Servicio de Basuras de Torrelavega, acusados de causar daños e incidentes en una huelga en junio de 2008.

El fiscal acusó a estos trabajadores de intentar que no se cumplieran los servicios mínimos durante la huelga, de impedir desempeñar su trabajo a aquellos compañeros que decidieron no secundarla y de provocar intencionadamente desperfectos en las ruedas de los camiones o en los contenedores.

Por ello, consideró los hechos constitutivos de un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso real con otro de daños y pidió para cada uno de los acusados, que pertenecían al comité de empresa o a los piquetes de la huelga, una pena de tres años y seis meses de prisión y multa por un total de 8.640 euros.

Además, en concepto de responsabilidad civil, el fiscal pidió que los acusados indemnizaran conjunta y solidariamente al Ayuntamiento de Torrelavega en más de 30.300 euros por los daños y perjuicios ocasionados derivados de su conducta.

La defensa pidió la libre absolución de los acusados, al considerar que los hechos no eran constitutivos de delito.

En su sentencia, la magistrada del Juzgado de lo Penal Número 1 de Santander considera que "no está acreditado" los hechos que se imputan a estos trabajadores, con iniciales JL.S.R; M.H.S.; C.R.S; J.S.G.; JI.O.F.; W.T.R.; LR.V.D.; JJ.M.C; LT.F.D., y L.B.B.

Sólo considera probado que estos trabajadores en los tres días de huelga salieron a las calles de Torrelavega para comprobar si se estaban cumplimiento correctamente los servicios mínimos, dando aviso a la Policía Local y Nacional cuando interceptaban un camión de la basura conducido por un tercero que no pertenecía a la empresa para su identificación "sin que por los acusados se hiciese uso de ningún instrumento para ocasionar desperfectos en las ruedas de los vehículo ni en el material de recogida de basura como contenedores".

Además, considera que en el ejercicio de su derecho de huelga "no impidieron a ningún trabajador" de la empresa desempeñar su trabajo en aras a su derecho a no secundar la huelga convocada en la empresa.

En el juicio, todos negaron los hechos que se les imputaban y la magistrada, a la vista de la prueba practicada, incluyendo la declaración de varios testigos, cree que "no ha quedado acreditada" que los trabajadores incurrieran en los delitos que se les imputan.

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