Fijan en 219.000 euros la indemnización a los padres de un bebé amputado por tratamiento deficiente

El Juzgado de Primera Instancia número dos de Cádiz ha estimado parcialmente la demanda de reclamación patrimonial interpuesta por los progenitores de una niña de 15 meses de edad que sufrió "la amputación de las dos piernas y daños neurológicos" por un posible error de diagnóstico y un "tratamiento deficiente" en el servicio de Urgencias del Hospital Puerta del Mar de Cádiz. Así, fija en 219.365 euros más intereses la cantidad en la que tendrán que ser indemnizados.

El Juzgado de Primera Instancia número dos de Cádiz ha estimado parcialmente la demanda de reclamación patrimonial interpuesta por los progenitores de una niña de 15 meses de edad que sufrió "la amputación de las dos piernas y daños neurológicos" por un posible error de diagnóstico y un "tratamiento deficiente" en el servicio de Urgencias del Hospital Puerta del Mar de Cádiz. Así, fija en 219.365 euros más intereses la cantidad en la que tendrán que ser indemnizados.

Según explica en un comunicado el Bufete Ortiz Abogados, los hechos tuvieron lugar en noviembre de 2009, cuando los demandantes llevaron a su hija a urgencias "alarmados por la elevada temperatura de fiebre que presentaba".

Relata que la menor fue "examinada y explorada con fonendoscopio y, sin realizarle otro tipo de prueba diagnóstica", le diagnosticaron Gripe A y "le dieron el alta". El estado de la menor empeoró, teniendo que volver a Urgencias horas más tarde.

Resume el letrado que la niña padecía "una sepsis por Neisseria, Meningitis Grupo B, que fue finalmente tardíamente diagnosticada y demasiado tarde para que salvara sus dos piernas y le quedaran secuelas neuronales".

Destaca de la sentencia que "la no realización de una simple prueba de análisis de sangre cuyo resultado tarda pocas horas en estar, ha llevado a que perdiera la oportunidad de ser tratada con antibióticos y que el resultado de la grave enfermedad que padeció fuese más leve que el producido".

Añade que "esta pérdida de oportunidad origina un grave daño moral, no solo a la menor, sino también a sus padres, y es ese daño, esa pérdida de oportunidad, la que se ha de valorar a fin de determinar la indemnización".

Contra la sentencia, que fija en más de 219.000 la cantidad a abonar a los padres de la menor, cabe recurso de apelación a presentar en el plazo de 20 días desde su notificación.

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