Condenado a una multa 1.460 ? por llamar a la Guardia Civil de Cáceres diciendo que iba a poner una bomba

El Juzgado de lo Penal número 1 de Cáceres ha condenado a un hombre a pagar una multa de 1.460 euros, a razón de cuatro euros diarios durante doce meses, por un "delito de desórdenes públicos", ya que llamó a la Comandancia de la Guardia Civil de Cáceres asegurando que iba a poner una bomba lapa en ese cuartel.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Cáceres ha condenado a un hombre a pagar una multa de 1.460 euros, a razón de cuatro euros diarios durante doce meses, por un "delito de desórdenes públicos", ya que llamó a la Comandancia de la Guardia Civil de Cáceres asegurando que iba a poner una bomba lapa en ese cuartel.

En la sentencia, recogida por Europa Press, el juez considera probado que el ahora condenado, que responde a las iniciales F.J.A.R., llamó el 8 de febrero de 2012, a las 13,11 horas a la Comandancia de Cáceres desde su propio teléfono móvil, y señaló: "habla un etarra, hoy vamos a poner una bomba lapa en el cuartel de Cáceres, porque estáis denunciando mucho a un compañero de Bilbao", F.J.A.R. (su propio nombre).

Explica la sentencia que tras cortar la comunicación, este hombre no respondió "a las sucesivas llamadas que desde la Comandancia se le efectuaron inmediatamente a su teléfono".

Destaca también el juez en su sentencia que el acusado padece un "trastorno antisocial, distímico, adaptativo y orgánico", además de politoxicomanía que, según apunta, "no mermaba sus facultades psicofísicas en el momento de los hechos, al no guardar éstos relación psicopatológica con dicho trastorno".

Por todo ello, el juez condena a este hombre como "autor criminalmente responsable de un delito de desórdenes públicos, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal", a la pena de doce meses de multa con una cuota diaria de cuatro euros, lo que supone un total de 1.460 euros.

La sentencia le otorga una responsabilidad personal subsidiaria, en caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y le condena además al pago de las costas procesales.

Destaca finalmente el juez que la sentencia es firme, ya que se notificado a las partes verbalmente y ambas han manifestado "su voluntad de no recurrirla".

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