Junta no contemplará silencio administrativo para proyectos de campo de golf que incumplan requisitos

El Consejo de Gobierno ha decidido este martes una modificación en la Ley de Turismo, mediante decreto-ley, que supone que el vencimiento del plazo para notificar la resolución sobre una solicitud de declaración de interés público, en este caso, en lo que se refiere a los proyectos de campos de golf, no comportará su aprobación por silencio administrativo si el proyecto incumple los requisitos urbanísticos, medioambientales y turísticos que se exigen para ello.
El consejero de Turismo y Comercio, Rafael Rodríguez, este martes
El consejero de Turismo y Comercio, Rafael Rodríguez, este martes
EUROPA PRESS
El consejero de Turismo y Comercio, Rafael Rodríguez, este martes

El Consejo de Gobierno ha decidido este martes una modificación en la Ley de Turismo, mediante decreto-ley, que supone que el vencimiento del plazo para notificar la resolución sobre una solicitud de declaración de interés público, en este caso, en lo que se refiere a los proyectos de campos de golf, no comportará su aprobación por silencio administrativo si el proyecto incumple los requisitos urbanísticos, medioambientales y turísticos que se exigen para ello.

En la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno, el consejero de Turismo y Comercio, Rafael Rodríguez, ha señalado que se ha introducido una modificación en la Ley de Turismo para aplicar las conclusiones que se derivan de la Ley 17/2009 sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y que hace referencia al silencio positivo en la tramitación de los campos de golf.

Ha explicado que hasta este momento, en la tramitación de los campos de golf de interés turístico existía un silencio positivo y que, como consecuencia de la Ley 17/2009, se establece que en aquellos procedimientos en los que concurran razones de interés general, como son la protección del medio ambiente y del entorno urbano, se desarrolle un silencio negativo.

Según el consejero, como lo que queremos es garantizar la seguridad jurídica del administrado, se ha acordado también ampliar el plazo de seis meses a doce para la tramitación del procedimiento, de tal manera que "nadie puede interpretar que se pretende cercenar las posibilidades de tramitación administrativa de los diferentes proyectos".

"Se amplía de seis a doce meses el plazo para que la administración resuelva el expediente y se establece, desde la perspectiva de la seguridad jurídica plena, que todos aquellos proyectos que en este momento estén en tramitación se acogerán a la normativa existente, que son los seis meses y el silencio positivo", según el consejero.

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