El pleno de El Madroño da cuenta el jueves de la dimisión de la alcaldesa a cuenta de su condena

El hasta ahora primer teniente de alcalde le sucederá en la Alcaldía

El Ayuntamiento de El Madroño (Sevilla) celebrará el jueves de esta semana un pleno extraordinario para dar cuenta de la renuncia de la alcaldesa, la socialista María Josefa Rubiano, a su cargo y a su acta de concejal al haber sido condenada a cuatro años y tres meses de inhabilitación y 1.620 euros de multa por un delito de prevaricación cometido en la concesión de dos licencias de obra, en septiembre y diciembre de 2004, en suelos declarados no urbanizables. Antonio López Rubiano, hasta ahora primer teniente de alcalde, le sucederá en la Alcaldía y José Manuel Alonso ocupará el acta de edil vacante a cuenta de la renuncia de María Josefa Rubiano, según han informado a Europa Press fuentes del PSOE.

En concreto, el mencionado pleno se celebrará a las 13,00 horas del jueves de la semana en curso. Como se ha informado, durante la sesión plenaria se dará cuenta de la renuncia de María Josefa Rubiano a su cargo de alcaldesa y a su acta de concejal, toda vez que tomará la vara de mando Antonio López Rubiano y el acta será ocupada con la incorporación al Grupo socialista de José Manuel Alonso, quien figura en el número cinco de la candidatura del PSOE a las últimas elecciones municipales.

Sentencia condenatoria

En la sentencia condenatoria, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia Provincial rechaza el recurso de apelación interpuesto por la condenada contra el fallo previo dictado por el Juzgado de lo Penal número 9 de Sevilla y critica el "burdo" proceder de la alcaldesa y su "absoluto desprecio hacia la legalidad", pues, en relación a una de las licencias otorgadas, dice la Audiencia que "fue concedida porque sí, sin más trámite ni más elementos de juicio".

La Audiencia recuerda que la alcaldesa concedió estas dos licencias para la construcción de sendas viviendas, la primera de ellas en el paraje 'Cercado de las Eras' y la segunda en la finca 'La Berrocosa', a pesar de que en dichos lugares "no puede construirse al ser suelo rústico no urbanizable", de manera que la condenada las concedió "con absoluto desprecio de la normativa urbanística, sin tener en cuenta las exigencias legales y administrativas necesarias para la concesión y por actos de pura voluntad".

Y esto "es así", prosigue la Audiencia, porque "es algo que está total y absolutamente demostrado por la caudalosa prueba de cargo practicada y por la abundante documentación aportada al proceso", añadiendo que la juez de lo Penal "valora con pleno acierto las pruebas acumuladas para llegar a una conclusión condenatoria que nosotros hacemos nuestra".

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