PSOE pide al juzgado instructor que reabra la causa penal contra Amat por el Teatro Auditorio

El PSOE ha elevado este miércoles un escrito ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Roquetas de Mar para instar a que se retomen las diligencias previas sobreseídas de manera provisional en 2006 contra el alcalde, Gabriel Amat (PP), para dirimir si incurrió en una presunta prevaricación al aprobar el proyecto de ampliación y modificación del contrato de obra del Teatro Auditorio.
Sánchez Teruel, en rueda de prensa
Sánchez Teruel, en rueda de prensa
EUROPA PRESS/PSOE
Sánchez Teruel, en rueda de prensa

El PSOE ha elevado este miércoles un escrito ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Roquetas de Mar para instar a que se retomen las diligencias previas sobreseídas de manera provisional en 2006 contra el alcalde, Gabriel Amat (PP), para dirimir si incurrió en una presunta prevaricación al aprobar el proyecto de ampliación y modificación del contrato de obra del Teatro Auditorio.

Así lo ha asegurado en rueda de prensa el secretario general del PSOE de Almería, José Luis Sánchez Teruel, después de que la Fiscalía Provincial haya considerado que no procede reabrir las citadas diligencias al considerar que el que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) anulase la resolución del Consistorio roquetero "no implica automáticamente que por sus autores se haya cometido delito de prevaricación tal y como tiene reiterado la jurisprudencia".

Sánchez Teruel ha indicado que el PSOE ha adoptado esta decisión después de que el fiscal comunicase "que no va a hacer nada en relación al Teatro Auditorio" en un decreto por el que, según ha interpretado, les traslada que "si queremos mantener la denuncia contra Gabriel Amat, acudamos directamente al juzgado para pedir que se reabra el procedimiento".

El citado decreto del fiscal jefe, al que ha tenido acceso Europa Press, acuerda el archivo de las diligencias de investigación incoadas a raíz del escrito que presentó el pasado mes de octubre la Agrupación Provincial del PSOE para pedir al Ministerio Público que interesase la reapertura de la causa archivada provisionalmente por el Juzgado de Instrucción número 3 de Roquetas de Mar en 2006.

La sentencia de lo contencioso-administrativo del TSJA, hecha pública en abril, recogía que el Consistorio roquetero menoscabó el principio de publicidad y concurrencia de la licitación. En concreto, recoge que el Ayuntamiento adjudicó en el año 2000 la obra por un precio de 7.063.094,25 euros y que, en diciembre de 2003, se aprobó un presupuesto complementario y de terminación por importe de 8.408.159,34 euros.

La modificación fue informada favorablemente por el técnico municipal pero contó con el informe desfavorable del secretario municipal y del interventor, quien "puso de manifiesto que la diferencia entre el importe de la modificación y el crédito disponible era superior al gasto autorizado".

Subrayaba el TSJA en esta línea que las obras fueron ejecutadas antes de la aprobación de la modificación del contrato y que, por tanto, se hallaban finalizadas al momento del dictado del acto administrativo que se impugna, por lo que, "han de entenderse incumplidos todos los trámites previos necesarios a la ejecución de las obras hasta obtener la aprobación del proyecto ampliatorio".

El Alto Tribunal extraía también como consecuencia de los datos expuestos que no se cumplieron los trámites exigibles para la modificación aprobada y alude al artículo 136 del Reglamento General de Contratación y a la cláusula tercera del pliego de contratación y que la modificación no se justificó, "lo que constituye una grave infracción procedimental" y rechaza que obedeciera a razones de interés público como alegó el Consistorio.

En atención a lo expuesto, el fallo considera "claro" que concurría causa de resolución contractual y que la variación contractual producida era tal que alteró "la esencia cuantitativa y cualitativa del contrato al incrementarse el precio inicial en casi el 120 por ciento, resultado menoscabado —ahonda— el principio de publicidad y concurrencia".

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