Consumo realiza una campaña de inspección de empresas dedicadas a la concesión de créditos y préstamos hipotecarios

Recuerda a los consumidores el derecho a desistir del contrato de intermediación en los 14 días siguientes a su formalización

Los servicios provinciales de Consumo de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales están realizando una campaña de inspección de empresas que, sin ser entidades financieras, se dedican a la concesión de créditos y préstamos hipotecarios y a la prestación de servicios de intermediación de crédito.

El objetivo de la campaña de ámbito nacional es comprobar sí cumplen los requisitos legales y, en especial, el de inscripción en el registro estatal dependiente del Instituto Nacional de Consumo (INC), que es el órgano competente en esta materia, según explica la Secretaría General de Consumo en un comunicado.

Las inspecciones son de dos clases, en función de que la actividad se realice en un establecimiento físico o a través de Internet. Los controles se centran en comprobar si están inscritas en el registro del INC, si cumplen las obligaciones de transparencia en relación con los contratos y los precios.

En este sentido, se verifica si está a disposición de las personas consumidoras las condiciones generales de la contratación del producto, las tarifas y precios de los mismo así como si conllevan algún otro gasto que repercuta en el cliente.

Además, se inspeccionan tablones de anuncios y folletos para ver su contenido y comprobar si se informa a las personas consumidoras del derecho que tienen de desistir del contrato de intermediación en los 14 días siguientes a su formalización, sin que ello suponga penalización.

En las empresas que ofrecen sus servicios a través de Internet, por su parte, se comprueba el contenido de las páginas, que deben ser accesibles al público en general. También se verifica si se indica la dirección de la empresa, la denominación social y la correspondiente inscripción en el registro. Este último incumplimiento constituye una sanción muy grave, cuya imposición corresponde al Instituto Nacional de Consumo y lleva aparejada una multa que oscila entre 30.001 y 400.000 euros.

Antes de inscribirse en el registro del INC las empresas deben contratar un seguro de responsabilidad civil o un aval bancario que cubra posibles responsabilidades. El importe mínimo de las pólizas para el primer año de actividad será de 300.000 euros.

Junta recomienda la vía extrajudicial

Desde los servicios de Consumo de la Junta se recuerda a las personas consumidoras o usuarias de estos bienes y servicios que tienen derecho a obtener por escrito u otro soporte, de forma gratuita, toda la información relativa al contrato y las condiciones del mismo.

La Secretaría General de Consumo recomienda que, en el caso de sentirse afectado, se acuda a la vía extrajudicial, a través de los órganos arbitrales de consumo. Estas unidades también intervendrán en el supuesto de conflictos transfronterizos a través de la 'Red transfronteriza de denuncia extrajudicial sobre servicios financieros'.

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