Creada una regulación para adecuar y abrir espacios culturales a nuevas actividades y realidades sociales

Se cederán estas dependencias municipales a empresas, particulares o instituciones que deseen dar una conferencia o impartir un curso

El Ayuntamiento de Santander ha creado una regulación para adecuar y abrir el uso de los espacios culturales a empresas, particulares o instituciones que en un "determinado momento puedan requerir de espacios donde desarrollar actividades paralelas a su labor cotidiana", tal y como ha informado este lunes el portavoz del equipo de Gobierno, Antonio Gómez.

Con esa intención, la Junta de Gobierno Local ha aprobado el reglamento, que se entregará a los grupos municipales y se pondrá a disposición pública antes de pasar al Pleno donde deberá aprobarse de forma definitiva.

Tal y como explicó el concejal de Cultura, César Torrellas, este reglamento surge ante la "necesidad de regular los usos de estos espacios que en numerosas ocasiones son solicitados por entidades, empresas, asociaciones o particulares para llevar a cabo actividades propias".

De esta forma, la normativa pretende sentar las bases para establecer los criterios necesarios que determinen qué tipo de actividades pueden llevarse a cabo en cada espacio cultural del Consistorio y bajo qué condiciones, "tal y como ocurre con otras dependencias municipales", según relató el edil de Cultura.

En este sentido, añadió que se trata de adecuar el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales que data de 1995 y "adaptarlo a las nuevas realidades sociales que surgen en la actualidad".

El objetivo, en definitiva, es abrir los espacios culturales para dar respuesta a las necesidades que surgen desde diversos ámbitos y regular, "con criterios objetivos", la cesión o no de un espacio además de garantizar un uso correcto de las instalaciones municipales.

De esta forma, Torrellas explicó que gracias a la nueva normativa, los centros y dependencias culturales podrán autorizar la oferta y desarrollo de actividades de tipo educativo o pedagógico tales como cursos, talleres o seminarios que sean de iniciativa particular.

En ese caso, se deberá presentar el proyecto de la actividad para su posterior estudio y aprobación. Las actividades podrán ofertarse gratuitamente o mediante el cobro de un precio público regulado en todo caso por la Ordenanza Fiscal vigente.

AUTORIZACIONES

Las autorizaciones quedarán sujetas a licitación entre otros casos, cuando la actividad a desarrollar implique el cobro de precios de matrícula y/o tenga una duración superior a tres meses.

En estos casos, la asociación o particular que desarrolle la actividad deberá suscribir un contrato en el que se fijen las condiciones de utilización del centro incluidas las cantidades a percibir por ambas partes.

La licitación para conceder la autorización deberá someterse a las reglas propias de la contratación pública, debiendo fijarse en la correspondiente convocatoria los criterios objetivos de valoración así como la composición del órgano que la efectúe.

La normativa también establece que el Ayuntamiento podrá autorizar gratuitamente a asociaciones de notorio interés social o cultural la utilización de los espacios y dependencias culturales para sus reuniones o actividades internas. Tales autorizaciones deberán otorgarse mediante convenio de colaboración.

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