El TSJC condena a Sniace a pagar el IBI de una de sus fábricas que le reclamaba el Ayuntamiento

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha confirmado la sentencia que condenaba a la empresa Sniace a pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) del ejercicio 2010 correspondiente a la parcela en la que se ubica la planta de cogeneración, en Torrelavega.

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha confirmado la sentencia que condenaba a la empresa Sniace a pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) del ejercicio 2010 correspondiente a la parcela en la que se ubica la planta de cogeneración, en Torrelavega.

El TSJC, que impone las costas a la empresa, desestima así el recurso de apelación interpuesto por Sniace contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número Tres de Santander que consideró ajustada a derecho la liquidación del IBI realizada por el Ayuntamiento de Torrelavega.

La empresa alegaba defectos en la notificación de los nuevos valores catastrales de 2008, cuya notificación fue declarada improcedente en 2011, y en el procedimiento para la valoración de un bien, así como improcedencia de la valoración catastral realizada.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC rechaza estos argumentos y considera ajustada a derecho la liquidación, destacando que los valores catastrales ya habían adquirido firmeza al haber sido correctamente notificados en los años anteriores.

Recuerda en este sentido que otra sentencia de este mismo tribunal se pronunció recientemente en igual sentido con respecto a la liquidación del IBI de 2009, por lo que invoca el principio de unidad de doctrina, seguridad jurídica y razones de coherencia, sin entrar al resto de los argumentos de la empresa.

La resolución judicial, dictada el pasado 13 de noviembre, es firme y contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

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