La sentencia absuelve al acusado, José Y.C., porque no se ha "practicado en el acto del juicio prueba de cargo suficiente".
En efecto, según el magistrado, "el único elemento incriminatorio" sería el testimonio de los denunciantes afirmando que el dueño del bar los había echado y amenazado con una barra de hierro, lo que el acusado, a su vez, negó en el juicio "con vehemencia".
En este sentido, la sentencia apunta que "mientras las declaraciones de las partes se mostraron a idéntico nivel de credibilidad", en el caso del denunciado su versión "estuvo respaldada por testigos presenciales, y conforme a la versión de éstos su conducta pidiendo a los clientes que se marcharan de su negocio no merecería reproche penal alguno".
El juez considera además que este caso no es un "episodio en el que el dueño de un bar echa del mismo a unas personas por su homosexualidad".
No es un episodio en el que el dueño de un bar echa del mismo a unas personas por su homosexualidad El magistrado se refiere además al "efectista posicionamiento de la acusación particular contextualizando en un ámbito de homofobia el comportamiento del denunciado", cuando "no es esa la conducta que pudiera merecer reproche penal a tenor de cuales son en verdad los hechos denunciados".
La sentencia sí considera probado que el acusado "llamó la atención" a la pareja, David y Francisco, por "estimar inadecuado su comportamiento" y que les pidió que se marcharan de su bar, lo que provocó un enfrentamiento entre ambas partes,
"Se metían mano"
Los hechos se produjeron el sábado pasado, cuando la pareja se encontraba desayunando en el bar en actitud normal según su testimonio y "metiéndose mano" según el propietario del establecimiento, que les conminó a irse.
La pareja, que sostiene que el hombre ahora absuelto les amenazó con una barra de hierro, llamó a la Policía y este mismo lunes se celebró el juicio de faltas, en el que el fiscal pidió también la absolución del propietario del establecimiento.
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