El juez ratifica la suspensión del pleno para el debate de la moción de censura en Armilla

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Granada ha ratificado este jueves la suspensión del pleno convocado este viernes para el debate de la moción de censura que había suscrito el PSOE, IU y un concejal de IDEA contra el alcalde de Armilla (Granada), el 'popular' Antonio Ayllón.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Granada ha ratificado este jueves la suspensión del pleno convocado este viernes para el debate de la moción de censura que había suscrito el PSOE, IU y un concejal de IDEA contra el alcalde de Armilla (Granada), el 'popular' Antonio Ayllón.

El juez argumenta en el auto dictado, al que ha tenido acceso Europa Press, que debe mantenerse la suspensión teniendo en cuenta "los intereses en conflicto" que están en "juego", si bien no entra a valorar si el concejal de IDEA José Luis Castillo Torres es o no un tránsfuga y por ello considera que la moción de censura podrá llevarse a cabo cuando se aclare su situación.

"De llevar razón los promotores de la moción y poder suscribirla Castillo, nada obsta a que ello se lleve a cabo una vez resuelto el fondo del asunto, lo que no debe demorarse", señala el magistrado Antonio Iglesias en su resolución.

En ese sentido, considera que el "daño que puede irrogarse a los promotores de la moción de censura es menor que el que puede producirse al actual alcalde y a los concejales que lo apoyan toda vez que aquellos podrán llevarla a cabo en un plazo razonable de estimarse su pretensión".

"De resultar ilegal la moción de censura, se vería frustrado el actual alcalde de un cargo para el que ha sido legalmente elegido y nombrado, pero lo que es más grave, se adoptarían acuerdos y se emprenderían políticas públicas con repercusión económica, política y social por quienes no podían legalmente llevarlas a cabo, lo que constituiría un daño de imposible o muy difícil reparación", justifica el juez.

El magistrado hace un análisis de lo que es el transfuguismo político y repasa los acuerdos adoptados por los partidos para evitarlo, pero no entra a valorar si Castillo "tiene o no derecho a promover la moción de censura", porque eso, señala, sería "entrar a valorar el fondo del asunto", lo que, según incide, "es del todo punto incompatible con el trámite procesal en que nos encontramos". Tampoco determina si el acuerdo del Comité Ejecutivo de IDEA para romper el pacto de gobierno es válido o no, pero alerta de la "discrepancia" existente por Castillo y el otro concejal de IDEA que sí permanece en el gobierno —Juan Manuel Torres— que "pone de relieve por sí misma una degradación que no puede despreciarse".

Sostiene que "es cierto" que los promotores de la moción de censura "pueden esgrimir que ellos ostentan mayor número de votos y por tanto más representatividad que el alcalde actual", y que la reprobación de Castillo se produce un día después, el 13 de noviembre, de que se suscribiera la moción, "pero también queda en entredicho la actitud" de éste pese a esa reprobación de la asamblea general de IDEA, por lo que sería "discutible" que el día del pleno, este viernes 23 de noviembre, "tuviese la condición de miembro del grupo político de IDEA".

En el presente caso, afirma en el auto, "no está en quiebra el principio de pluralismo político", sino que lo que hay es "un conflicto de intereses electorales", que "no es lo mismo". Desde esa consideración, entiende que "no puede levantarse la medida —de suspensión del pleno— en contra del interés institucional actual, por muy relevante que quiera verse la legitimación democrática de los promotores de la moción de censura".

Contra el auto cabe recurso de apelación en un solo efecto a presentar en un plazo de quince días.

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