El presidente del FC Barcelona Joan Laporta y su junta directiva se reunirán de urgencia el próximo viernes 21 de julio para decidir cuál será el próximo paso a seguir.
La reunión se debe al fallo del titular del Juzgado número 30 de Barcelona, Roberto García Ceniceros, a favor de una demanda presentada por un socio del Barça que obligará a la actual directiva a convocar elecciones dentro del periodo de 2006 y no el año que viene, como defendían los dirigentes del club.
En la sentencia, el juez argumenta que los mandatarios azulgranas han incumplido los Estatutos del club , por los que este año, y no esta temporada, se debía convocar el correspondiente "proceso electoral para la renovación de la junta directiva", tal y como se lee.
El club dispone a partir de ahora de cinco días para presentar un recurso contra el fallo del Juzgado.
Dicho recurso, si se presenta, deberá ser resuelto por la Audiencia Provincial de Barcelona.
Todo un lío por las fechas cuando Laporta tomó posesión del cargo
La junta que preside Laporta inició su mandato el 22 de junio de 2003, ocho días antes del cierre del ejercicio económico de la temporada 2002-03, por lo que, según la parte demandante, estos ocho días corresponderían a un año de mandato, a tenor de la interpretación que hace del artículo 29 de los estatutos del club.
El citado artículo 29 señala que, cuando se produzca la renovación de la junta por causa del cese anticipado de la anterior, como fue el caso, "se considerará como primer año de la nueva junta el de la toma de posesión, sea cual sea el momento en que esta se produjese, y finalizará el mandato el 30 de junio del cuarto año".
La directiva del Barcelona ve el caso de forma diferente
Laporta y su junta directiva hacen otra interpretación del artículo 29 y estiman "ilógico y erróneo" identificar un ejercicio económico con un año de mandato, pues a su juicio dicha interpretación "no se corresponde con el espíritu de los estatutos".
Una sentencia cuyo texto recoge las dudas
No obstante, en su sentencia, el juez da la razón a la parte demandante, aunque aprecia que "es posible que la inmensa mayoría de la masa social del club acudiese a votar en el año 2003 en la creencia de que se estaba eligiendo una junta directiva que podría prolongar su mandato hasta el año 2007, ello se debería simplemente a una falta de información sobre el contenido de los estatutos".
¿Y si llegan al Tribunal Català de l'Esport?
Independientemente del otro recurso, es otra vía jurídica que no se descarta en el círculo azulgrana. Este año ya se han presentado dos denuncias al Barcelona en el nuevo tribunal por el mismo asunto de las fechas de las elecciones.
Dicho tribunal archivó la segunda denuncia recibida, aunque indicó claramente al juzgado de primera instancia si convenía que actuara contra la junta azulgrana y, lo que es más importante, impedir o no que Laporta pudiera presentarse nuevamente al inhabilitarle por "incumpliento grave de los estatutos".
Al parecer, no hay nada en el último fallo que indique que Laporta no pueda volver a presentarse pero, tras esta sentencia de la justicia ordinaria a favor, se podría interponer alguna más ante el juzgado de primera instancia o incluso el Tribunal Català de l'Esport.
La siguiente instancia judicial, aunque en este nivel aún no se ha presentado siquiera recurso, estaría en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
¿Y si hacen caso?
Es algo que tampoco se descarta porque se abriría el proceso de campaña electoral y la oposición a Laporta es débil, aunque el club entiende que las elecciones debían ser en 2007. La asamblea de los socios del Barcelona, prevista para el 22 de agosto, se prevé con mucha enjundia.


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