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Condenan a una empresa a pagar 400 euros a una novia por estropearse el Rolls que la iba a llevar a la boda

No es lo mismo llegar a una boda en un coche como éste, que en el de un familiar
No es lo mismo llegar a una boda en un coche como éste, que en el de un familiar (Efe)
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La sección séptima de la Audiencia de Valencia ha condenado a una empresa de fotografías y reportajes a pagar 400 euros al familiar de una novia por los daños que le ocasionaron al estropearse el Rolls Royce que había alquilado para que la llevara a la boda.

El padrino y la contrayente tuvieron que desplazarse al enlace en el coche de un familiar.

La sala estima así en parte el recurso presentado por la novia frente a la decisión del juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Torrent, que rechazó la posibilidad de que recibiera indemnización alguna, aunque deja en 400 euros la cantidad que deberá pagarle la empresa frente a los 850 que había reclamado la afectada en su demanda.

El encargado y el comercial de la empresa han sido absueltos
Según explica la sala en el fallo, la pareja había contratado con el encargado y el comercial de la empresa, que han sido absueltos, el alquiler de un "automóvil histórico", de marca Rolls Royce, para hacer el traslado de un padrino a recoger a la novia y llevarlos desde Torrent a Altura, donde se iba a celebrar la ceremonia.

Sin embargo, el viaje resultó "frustrado" por la avería producida "desde el principio" en el sistema eléctrico del vehículo, que afectó al funcionamiento de la bomba de la gasolina.

La Audiencia considera que la empresa propietaria del vehículo tenía que haber realizado las revisiones que aseguraran la prestación "íntegra" del servicio, de acuerdo con lo contratado.

En este sentido, considera "insuficiente" el trabajo de la empresa para solucionar la avería y tratar de mantener el motor en marcha, mediante el cambio de coche por un BMW de la misma empresa, o por la oferta de prestación posterior de un servicio de transporte completamente gratuito, que compensara el no prestado.

 El padrino y la novia no aceptaron esta solución y optaron por trasladarse en el coche de unos familiares pese a haber pagado 200 euros a cuenta de los 600 que costaba el servicio.

La frustración del resultado esperado y la presentación en un vehículo de marca prestigiosa, socialmente muy apetecido", es decisiva

Para la sala, la "frustración" del resultado esperado y contratado, el traslado de los protagonistas de la boda, con la presentación "más solemne" en Altura en un vehículo "de marca prestigiosa, socialmente muy apetecido", es "decisiva" a la hora de cuantificar los daños y perjuicios.

El tribunal cree que la diligencia exigible a la empresa "no fue la adecuada sino bien inferior" ya que debía haber controlado la puesta a punto del vehículo, un "coche histórico" matriculado así en marzo de 2003, aunque con primera matrícula en 1962, algo que debe alertar sobre su vida "útil".

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