La Fiscalía archiva la denuncia de una mujer por discriminación en el acceso a las técnicas de reproducción asistida

La Fiscalía del Principado de Asturias ha archivado las diligencias de investigación abiertas tras una denuncia presentada por la asociación Defensor del Paciente, en la que se exponía la denegación a una mujer de técnicas de reproducción asistida por un presunto supuesto de discriminación por razón de orientación sexual al tratarse de una paciente con pareja del mismo sexo.
Gerardo Herrero
Gerardo Herrero
EUROPA PRESS
Gerardo Herrero

La Fiscalía del Principado de Asturias ha archivado las diligencias de investigación abiertas tras una denuncia presentada por la asociación Defensor del Paciente, en la que se exponía la denegación a una mujer de técnicas de reproducción asistida por un presunto supuesto de discriminación por razón de orientación sexual al tratarse de una paciente con pareja del mismo sexo.

La Fiscalía entiende que "no existen indicios que permitan entender la existencia de esta discriminación", según han informado fuentes de la Fiscalía Superior del Principado de Asturias.

La denuncia fue recibida el pasado mes de julio. De la documentación recibida se desprende que el acceso a las técnicas de reproducción asistida está previsto para diagnósticos de esterilidad o una indicación clínica establecida, de acuerdo con los programas de cada servicio de salud, tal y como establece el Real Decreto 1030/06, apartado 5.3.8, anexo III.

Así, la investigación realizada por la Fiscalía concluye que, de acuerdo con las directrices de la Consejería de Salud del Principado de Asturias, "lo que determina el acceso a las técnicas de reproducción humana asistida con cargo al Sistema Nacional de Salud es un criterio estrictamente clínico, padecer una esterilidad o existir una indicación clínica para ello, siendo irrelevante a estos efectos el hecho de no tener pareja o tenerla del mismo sexo".

En el presente caso no se considera que existan indicios de discriminación, ya que el criterio establecido para la aceptación o denegación del tratamiento no es otro que el diagnóstico de esterilidad, entendida -según la definición de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia- como "la ausencia de fertilidad desde el inicio de las relaciones sexuales no protegidas".

Tras el archivo de la Fiscalía, la paciente, A M.P., tiene derecho a reiterar la denuncia ante el juez de instrucción correspondiente, según informa la Fiscalía.

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