El TSJC prohíbe a Sant Pol de Mar que el catalán sea lengua única de su ayuntamiento

  • Un artículo instaba a redactar toda la documentación en catalán.
  • La alcaldesa, de CiU, asegura que la norma ya se había eliminado.
Montserrat Garrido, alcaldesa de Sant Pol de Mar.
Montserrat Garrido, alcaldesa de Sant Pol de Mar.
AGENCIAS
Montserrat Garrido, alcaldesa de Sant Pol de Mar.

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha anulado uno de los artículos del reglamento municipal de Sant Pol de Mar (Barcelona) en el que se instaba a redactar toda la documentación en catalán.

Se trata del inciso final del artículo 5.1 del Reglamento Orgánico Municipal, aprobado el 31 de julio de 2008, y que fue recurrido por el gabinete jurídico de Convivencia Cívica Catalana (CCC) a instancias de un concejal de un partido independiente de Sant Pol, Enrique Abad. En su auto, el TSJC apela a otras sentencias sobre el mismo tema y asegura que la obligación de uso de una de las lenguas oficiales, excluyendo la posible utilización de la otra lengua también oficial, "no respetan el principio de cooficialidad" dispuesto en el artículo 3 de la Constitución.

"Una cosa es que el catalán sea la lengua de uso normal de las administraciones públicas, en cuanto a lengua propia de Cataluña, y otra distinta que se excluya totalmente el uso de la otra lengua cooficial", reza la sentencia. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo en el plazo de 10 días.

La alcaldesa de Sant de Pol de Mar, Montserrat Garrido (CiU), ha explicado que el artículo 5.1 del reglamento municipal sobre el uso preferente del catalán fue suprimido por el pleno el 29 de julio. Garrido ha explicado que el pleno del pasado 29 de julio, en el primer pleno del nuevo gobierno local, se acordó la supresión del artículo 5.1 del reglamento, que había sido aprobado por el consistorio el 31 de julio del 2008, y según el cual toda la documentación municipal debía ser redactada sólo en catalán.

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