Condenan a un hombre a pagar 460 euros por amenazar a una médico de guardia en Algemesí

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un hombre a pagar 160 euros de multa y a indemnizar con 300 euros a una doctora de guardia de Algemesí (Valencia) a la que amenazó después de que ésta remitiera a su mujer al hospital y no autorizase el desplazamiento en ambulancia, dado que el procesado tenía coche y la enferma podía ser transportada en él sin problemas.

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un hombre a pagar 160 euros de multa y a indemnizar con 300 euros a una doctora de guardia de Algemesí (Valencia) a la que amenazó después de que ésta remitiera a su mujer al hospital y no autorizase el desplazamiento en ambulancia, dado que el procesado tenía coche y la enferma podía ser transportada en él sin problemas.

La sentencia confirma, de este modo, la emitida por la titular del juzgado de Instrucción número 3 de Alzira (Valencia), que condenaba al procesado a la citada multa por la falta de amenazas, obligaba a indemnizar a la víctima con 300 euros y establecía una orden de alejamiento de 200 metros durante seis meses, frente a la que el acusado interpuso un recurso de apelación.

Los hechos ocurrieron el 31 de octubre de 2010, cuando una paciente acudió al centro de salud acompañada por su marido y la médico de guardia la remitió al hospital para que se realizara una analítica sin carácter de urgencia.

En ese momento, según los hechos probados, el denunciado exigió a la facultativa que en tal caso tenía que facilitarle una ambulancia, a lo que ésta respondió que no era necesario usar este recurso público dado que tenía el coche allí mismo y podía efectuar el traslado "sin ningún problema". Esta respuesta "despertó la ira del denunciado, que le espetó a gritos y haciendo ademanes de agresión" que si no le ponía la ambulancia "ya se enteraría en el futuro de quién era él".

La médico, temiendo por su integridad física, reclamó la presencia de la Policía Local e interpuso una denuncia contra el hombre, que fue condenado en primera instancia.

En su recurso, el procesado pedía practicar una prueba en esta segunda instancia para defender su inocencia, pero el tribunal señala que el denunciado no propuso prueba alguna en el juicio, al que no asistió y, por tanto, si la indefensión que pudiera haberse provocado es consecuencia de la falta de diligencia de la parte, no cabe admitir ahora la prueba.

Asimismo, el recurso planteaba que los hechos sucedieron de otra manera, un extremo que la Audiencia también rechaza, dado que la juez consideró creíble y veraz el testimonio de la denunciante y que, por tanto, "el razonamiento utilizado en la valoración de la prueba es correcto".

Con todo ello, el tribunal condena también al procesado a hacer frente a las costas procesales derivadas de este recurso.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento