Descienden un 20% el número de disoluciones matrimoniales en Andalucía desde 2007

Las disoluciones matrimoniales de parejas en Andalucía han disminuido en un 20 por ciento desde el año 2007, cuando se registraron un total de 23.884 rupturas matrimoniales --entre nulidades, separaciones y divorcios-- frente a las 19.109 contabilizadas el pasado año 2009, según los datos recogidos por Europa Press del Instituto Español de Estadística (INE).

Las disoluciones matrimoniales de parejas en Andalucía han disminuido en un 20 por ciento desde el año 2007, cuando se registraron un total de 23.884 rupturas matrimoniales —entre nulidades, separaciones y divorcios— frente a las 19.109 contabilizadas el pasado año 2009, según los datos recogidos por Europa Press del Instituto Español de Estadística (INE).

La disminución de las disoluciones matrimoniales ha sido progresiva en los últimos tres años, de modo que si en 2007 se produjeron 23.884 rupturas, en 2008 fueron 21.496 y el pasado año 2009, 19.109. De este modo, el índice de disoluciones por cada 1.000 habitantes descendió del 3,04 correspondiente a 2007 al 2.27 que se registró el año pasado.

La modalidad más escogida por los andaluces en 2009 para efectuar la disolución del matrimonio fue el divorcio, que alcanzó una cifra de 17.949 frente a las 1.592 separaciones y los 23 nulidades efectuadas. Esta cifra supone una importante disminución frente al año 2007, cuando se produjeron 21.608 separaciones —17 por ciento menos— —30 por ciento menos— y 2.252 separaciones. El número de nulidades apenas varió, con 24 en 2007.

En cuanto a la modalidad de divorcio que produjeron en 2009 en Andalucía, la mayoría, 63.209 fueron consensuados, mientras que el resto, 34.998 se desarrollaron de manera conflictiva. En lo que concierne a las separaciones, 5.189 fueron de mutuo acuerdo y 2.485 fueron de tipo contencioso.

Por otro lado, la mayoría de las nulidades se produjeron entre los 3 y primeros 5 años del matrimonio, mientras que en el caso de las separaciones y los divorcios se produjeron a partir de los 20 año de matrimonio.

En la totalidad de los casos, la pareja no tenía ningún hijo menor de edad cuando se produjo la nulidad matrimonial, al igual que en el caso de las separaciones, donde el 40 por ciento de las parejas no tenían ningún vástago menor de 18 años y el 28 por ciento tenían un hijo de menor edad. En el caso de los divorcios, el 42 por ciento no tenían ningún hijo menor de edad y el 31,5 por ciento tenía uno.

A la hora de adjudicar la custodia de los hijos menores, en el caso de las nulidades, en el 9,4 por ciento de los casos fue para la madre y en el 4 por ciento fue para los padres. En lo que concierne a las separaciones, la tutela fue para la madre en el 51 por ciento de las ocasiones fue para la madre, mientras el padre la asumió en un 4 por ciento de los casos. Por último, en el caso de los divorcios, la custodia la ejerció en un 50 por ciento de los casos la madre y en un 2,5 por ciento de las ocasiones.

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