Condenan a un año y medio de cárcel a un matrimonio por estafa en la venta de un solar que no era edificable

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un año y seis meses de prisión a un matrimonio por el delito de estafa en la venta de una parcela que no era edificable como si lo fuera por 9.000 euros, que ahora deberán reembolsar a la pareja compradora.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un año y seis meses de prisión a un matrimonio por el delito de estafa en la venta de una parcela que no era edificable como si lo fuera por 9.000 euros, que ahora deberán reembolsar a la pareja compradora.

Según consta en la sentencia, de fecha 8 de abril de 2011, los hechos tuvieron lugar en 2007, cuando un matrimonio acudió a una inmobiliaria para poner en venta una parcela situada en la localidad de Requena (Valencia) asegurando que era edificable, a pesar de que en el Planeamiento del Ayuntamiento constaba como un vial desde 1988, por lo que no se permitía la construcción de ningún tipo de vivienda en ella, como pretendían los compradores.

Una vez descubierta esta calificación por parte de los nuevos propietarios, pidieron explicaciones al matrimonio para deshacer el trato, pero este "se negó y no quiso dar ninguna solución al problema", recoge el texto.

El ministerio fiscal solicitaba en su escrito de calificación una pena de dos años y una multa de más de 9.600 euros, además de la indemnización a los afectados con 9.464 euros más intereses. Por su parte, la acusación particular pedía la pena de dos años y un día de cárcel y esa misma indemnización, mientras que la defensa solicitaba la absolución de la pareja, negando los hechos y alegando que se trataba de una cuestión civil.

El tribunal desestima las argumentaciones de la defensa en las que negaba que los acusados supieran que la parcela estaba calificada como vial y, por tanto, no era edificable, ya que sus declaraciones son "contradictorias" y, además, cuando se produjo el vallado de la misma, en 2005, el Ayuntamiento les informó de esta calificación.

Asimismo, recalca que los acusados sabían también la intención de los compradores a la hora de adquirir el terreno, ya que además de sus propias manifestaciones durante el acto de compraventa, acompañaron a los nuevos propietarios a ver a un albañil amigo suyo para tratar este tema.

Por ello, considera que los hechos son constitutivos de un delito de estafa, ya que se produjo la ocultación de la circunstancia de que estaban vendiendo un vial "cuya revelación no haría posible la venta".

"Es evidente que, de haberles constado a los compradores que lo que compraban era un vial no lo habrían adquirido puesto que carece de cualquier utilidad privada", agrega el documento.

Además de la pena de prisión, la Audiencia declara la nulidad de la escritura y obliga a los acusados a que abonen a los perjudicados la cantidad recibida, de 9.464 euros, y al pago de las costas procesales, incluidos los honorarios de la acusación particular.

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