El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha desestimado el recurso del Real Madrid contra su eliminación de la Copa del Rey por alineación indebida de Denís Chérysev en el partido de ida de dieciseisavos de final contra el Cádiz, jugado el 2 de diciembre en el Ramón de Carranza (1-3).
La decisión del TAD, que el pasado día 11 ya rechazó la petición de suspensión cautelar de la sanción hecha por el Real Madrid, confirma las adoptadas previamente por el juez único de Competición y el Comité de Apelación de la Federación Española de Fútbol (RFEF) sobre la exclusión del club de la competición.
"La resolución dictada por el TAD es definitiva en vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado central de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Madrid, en el plazo de dos meses desde la notificación", añade la resolución.
El TAD agrega que "en la fecha límite fijada para completar el expediente, el Tribunal ha podido disponer de la totalidad de los documentos necesarios para resolver y, desde ese mismo momento y tal como se había comprometido, se ha reunido para resolver sobre este recurso y otros pendientes de resolución en esta misma fecha".
Mientras esperaba la decisión de hoy, el Real Madrid anunció que si ésta era contraria a su petición presentaría recurso en vía contencioso administrativa contra su eliminación de la Copa. El club ha confirmado este lunes dicha decisión.
Tras el partido de ida de la eliminatoria de dieciseisavos y la denuncia del Cádiz, el juez único de Competición, Francisco Rubio, decidió el pasado día 4 la eliminación de la Copa del Real Madrid, al que multó además con 6.001 euros.
El Real Madrid alega "falta de constancia de la notificación"
El juez desestimó los argumentos madridistas en su defensa, basados en "falta de constancia de la notificación personal de la sanción" tanto al club como al jugador, castigado con un partido el 6 de marzo por acumulación de tarjetas amarillas cuando jugaba cedido en el Villarreal, club al que se comunicó el castigo.
El 10 de diciembre el Comité de Apelación volvió a rechazar la petición del Real Madrid y sostuvo que "la notificación personal puede realizarse a través del club o SAD al que pertenezca en cada momento, siendo válida a todos los efectos" y que en este caso se hizo "por fax dirigido a la sede social del club (Villarreal) a que entonces pertenecía el jugador.
Apelación insistió en que el hecho de que el jugador no recibiera personalmente la notificación "no es lo que condiciona la validez de ésta, sino que se hiciera en el domicilio o sede social del club a que pertenecía el jugador.
El Real Madrid asegura que "respeta pero no comparte" la resolución del Tribunal Administrativo del Deporte y confirmó su decisión de "acudir a la vía contencioso-administrativa, al margen de otras posibilidades legales, que se encuentran en estudio".
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