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Consultorio sobre...
Comunidades de vecinos
Miércoles, 11 de julio a las 13:00h.Ya podéis dejar aquí vuestras preguntas sobre este tema, que serán atendidas por la abogada Patricia Briones, adjunta a la Secretaría Técnica del Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid. Dará respuesta a las dudas el miércoles 11 de julio entre las 13 y las 14 horas, pero únicamente a aquellas que se refieran al funcionamiento de las comunidades de vecinos.
En el consultorio se respondieron 6 preguntas Follow @20m Twitter
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Buenas tardes Patricia:
La Mancomunidad de mi casa tiene varias puertas, tres de ellas son las principales ya que son el acceso directo a cada bloque. Debido a que con uan de las puertas secundarias se ha procedido a su cierre sin aprobación en Junta, los propietarios de mi bloque estamos recogiendo firmas para proceder al cierre de nuestra puerta. Para respetar al Local de nuestro bloque cual es el mejor medio para proceder.
¿Podemos tener cerrada la puerta todo el dia porque hay acceso por otras puertas de la Mancomunidad o al menos hay que dejarla abierta en horario comercial?.
SaludosPatricia Briones: Al ser un acuerdo que tiene como finalidad garantizar la seguridad de la finca se adoptará por mayoría simple.
No obstante, según una Sentencia del Tribunal Supremo de 16 de julio de 2009, que ha sentado doctrina jurisprudencial, para cerrar los elementos comunes que sirven de acceso a locales comerciales ubicados en el interior de una urbanización o mancomunidad, mediante puertas o cancelas, habrá que respetar los derechos que adquirió el propietario del local legalmente establecidos durante las horas en que el mismo tenga derecho a permanecer abierto según las normativa que regule esta materia. -
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hola Patricia, ayer hubo una junta de propietarios en la que se acordo, sin votacion, aunque con mayoria, de hacer unas obras de adecuacion de la piscina comunitaria a la normativa, obras que le corresponden a ajecutar al promotor, ya que compramos un piso con piscina. Los vecinos como digo han decidido pagar estas obras de adecuacion a la normativa y han decidido que eso se pague con el fondo de reserva, en el que hay dinero, sin derrama y seguir pasando el recibo normal del mes como siempre,lo que yo he dicho que el fondo de reserva esta para imprevistos y cosas urgentes, no para hacer obras que otros tienen que pagar.Le pregunto Patricia, si es posible, exigir un desglose de las cantidades a pagar en el recibo, para yo pagar sólo lo que me corresponda como hasta ahora,los gastos normales de la comunidad, y el tema de las obras, lo paguemos todos los vecinos por derrama, pero sin tocar el fondo.
En caso de que exista esa posiblidad, me pueden denunciar por moroso, yo no me niego a pagar, aunque las obras las tiene que sufragar al promotor, y se le debe de demandar por ello, pero quiero que se pague en derrama extraordinaria, no del fondo de la comunidad, ya que si esto se hace en dos o tres meses nos quedamos sin un euro en el fondo reserva, cuando nuestra comunidad siempre ha estado relativamente saneada para pagar los recibos de seguros y otros gastos presupuestados, sin problemas.
Puedo ingresar el dinero en el Juzgado, es posible ? como se haria éste deposito??
Gracias por anticipadoPatricia Briones: Las obras para adecuar la piscina a la normativa tienen un carácter necesario. No obstante, a pesar de su obligatoriedad, debe ser acordada su ejecución por mayoría simple. Además, en dicho acuerdo deberá determinarse si se hace con cargo al fondo de reserva o se gira una derrama.
No existe ningún impedimento legal para que se acuerde que dichas obras se paguen con cargo al fondo siendo el acuerdo vinculante para la totalidad de los propietarios por lo que si usted está disconforme deberá proceder a una consignación judicial o notarial ya que, en caso contrario, será moroso y estará privado de su derecho de voto. -
3
Hola Sra. Patricia. Tengo una consulta para Ud, deseo saber si un propietario, que ha sacado una licencia de obra menor para reformar su piso, tras haber derribado casi todas las paredes del interior de de su piso, puede derrribar tambien la pared que limita con el patio de luces, ya que esta pared en cuestion es la pared de fachada interior.
De antemano gracias por su atencion.Patricia Briones: La pared que limita con el patio de luces tiene la consideración de elemento común por lo que para proceder a tirarla necesitará previamente el consentimiento de la unanimidad de los propietarios.
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4
Hola, tengo un piso con hipoteca y se ha detectado desde hace dos años aproximadamente aluminosis, se acordó de pagar una cuota de 200€ por departamento por el lapso de dos años, aparte de los 35 que pagamos por comunidad. Mi pregunta que quiero hacerle es: el Banco me va a embargar el piso porque no puedo hacer frente a la deuda, ¿debo seguir pagando esta cuota que servirá para quitar la aluminosis y reforzar todo el edificio?. La reforma empezará cuando se reuna los 120.000€ que es lo que costará y se supone que de aquí a un año recién se reunirá esa cantidad. A la fecha tengo un atraso de cuatro meses que no he pagado, por lo que me está resultando muy difícil cumplir con este pago. QUE HAGO?. Gracias y un saludo
Patricia Briones: Desde que el banco pase a ser el nuevo titular asumirá todos los derechos y obligaciones como propietario por lo que estará obligado a pagar dicha derrama.
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5
Muy buen dia. Ayer, tal vez, no lo hice bien. Voy a intentarlo de nuevo.
Llevo controlando mi comunidad durante, cuatro años, por lo menos. Somos solo, ocho vecinos y ninguno quiere hacer este esfuerzo... ¿Tengo que seguir o como puedo dejarlo ya?. Creo haber cumplido lo suficiente, con lo que ellos creen que es un derecho y no una obligacion.
Le agradeceré que me diga, como me puedo "plantar" ya. Hacerlo de un modo civilizado, no tenemos mayores problemas y mejor todo por las buenas ¿no cree?.
Un saludo afectuoso.Patricia Briones: Entiendo que cuando dice "controlando” se refiere a ejercer el cargo de presidente. Dado que la duración del cargo es de un año, tendrá que esperar a que transcurra dicho tiempo y se celebre la junta ordinaria para que nombren a otro propietario para el cargo salvo que presente su dimisión, se la admitan y nombren a otro propietario en una junta extraordinaria.
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6
Buenos días Patricia
Paso a transcribir la pregunta que le realicé en el consultorio anterior el último día. Esta vez me adelanto un poquito más. Muchas Gracias de antemano.
En los garajes de nuestra comunidad algunos propietarios están dejando trastos en sus plazas. Me indican que la regulación de dicha materia, en este caso, es competencia municipal, pero contactado el técnico competente nos dice que no hay regulación al respecto.
¿Podemos regular en las normas de régimen interno que el uso de las plazas de garaje sea exclusivamente para vehículos?, ¿qué mayoría haría falta?, si esto es posible, ¿qué medidas se pueden tomar con los incumplidores?
Aunque se podría argumentar, como de hecho ya han dicho, "que en su plaza pone lo que quiera", no estoy de acuerdo puesto que con el mismo argumento podría decir que "en su fachada hace lo que quiera" cosa que, como todos sabemos no se puede hacer...
Otro argumento a favor de la regulación sería el hasta qué punto puede poner "lo que quiera", no es lo mismo dejar una caja de plastico que una garrafa de queroseno... tampoco es lo mismo dejarlo un día o 3 años...
Saludos cordialesPatricia Briones: En defecto de normativa urbanística, pueden regular el uso de las plazas de garaje a través la aprobación por mayoría simple de una norma de régimen interno.
Las plazas de garaje están destinadas al estacionamiento de vehículos y no al almacenaje de enseres para lo cual existen los trasteros.
Además, en el supuesto de que no se utilice la plaza para el uso al que está destinado y haya un siniestro puede tener problemas con la póliza suscrita con el seguro. -
Buenos días,
Mi pregunta es referente a un tendedero que se quiere instalar en la azotea de un edificio. Quería saber si dicho tendedero tendría que estar declarado y, por lo tanto, aparecer en el catrastro. Desde dichos tendederos se puede acceder a varias viviendas por unas columnas de salida de humos saltando desde los tendederos hacia las terrazas (habrá unos 5 metros de altura aproximadamente). En la reunión de vecinos se hizo la propuesta de cerrar todo el perímetro por la seguridad de los vecinos de los áticos pero no se llegó a aprobar por la mayoría. Actualmente no hay nada en la azotea (son pisos que tienen un año de antigüedad) y me gustaría saber también si para hacer dicha obra no se necesitaría la mayoría absoluta y si en el caso de que por cualquier casual robasen en alguna de las viviendas del ático accediendo desde dichos tendederos, ¿la comunidad se haría responsable al no haber tomado las medidas de seguridad oportunas? Muchas gracias, un saludo, Marta.
Preguntas no contestadas



Buenas tardes,en mi comunidad se esta realizando una obra en el garaje sin esta haber sido aprobada por la comunidad afectando a la parte comun de este cuyo costo sera abonada por todos los vecinos ya que la mando realizar el administrador.Debo pagar una obra no aprobada por la comunidad en el libro de actas y sin ser de mejora de las instalaciones existentes?