En el momento en que se ejecute la fusión, y tras haber obtenido la preceptiva autorización del ministro de Economía, Industria y Competitividad y satisfecho (o, en su caso, renunciado) el resto de condiciones suspensivas a las que está sujeta la fusión, Banco Santander adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones de Banco Popular.
En ellos se incluyen los que hayan sido adquiridos de Banco Pastor y de Popular Banca Privada, en virtud de la fusión por absorción de estas últimas por Banco Popular, que ha quedado también aprobada por sus respectivos consejos de administración y a cuya inscripción registral ha quedado sujeta la efectividad de la fusión.
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