La Audiencia Nacional apoya la decisión de la AEPD para que Worldcoin cese su actividad en España

La Audiencia Nacional rechaza la medida cautelar que había solicitado Worldcoin para seguir recopilando iris de los usuarios españoles, por lo tanto, esto quiere decir que apoya la medida tomada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Un Orb de Worldcoin (a la izquierda). En España hay 16 de estos dispositivos en cuatro ciudades.
Un Orb de Worldcoin (a la izquierda).
20bits Montaje: Worldcoin/Unsplash con Canva
Un Orb de Worldcoin (a la izquierda). En España hay 16 de estos dispositivos en cuatro ciudades.

La semana pasada, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) obligó a Worldcoin, una iniciativa impulsada por Sam Altman, a interrumpir, de forma cautelar, su actividad en España para no seguir escaneando el iris de las personas y recopilar datos personales de esta manera.

Esta decisión rotunda se debe a que, a finales de febrero, la AEPD anunció que estaba investigando cuatro denuncias relacionadas con el tratamiento de datos por parte de Worldcoin, debido a que puso una advertencia sobre la posibilidad de que la información de los usuarios se podía utilizar de forma inadecuada. Y, al final, el miércoles pasado, en una rueda de prensa, la directora de dicho organismo español, Mar España, informó el cese de la actividad de Worldcoin en nuestro país para velar por la protección de los ciudadanos.

Por el lado contrario, ante dicha sentencia, Worldcoin se mostró en desacuerdo con la medida: "World ID se creó para brindar a las personas acceso, privacidad y protección online. Es la solución más segura y que preserva la privacidad para afirmar la humanidad en la era de la inteligencia artificial, y siempre estamos dispuestos a colaborar con los reguladores, examinar sus comentarios y responder sus preguntas. Durante meses, la empresa ha colaborado con la autoridad bávara de protección de datos (BayLDA), que es la principal autoridad supervisora, según el RGPD para Worldcoin Foundation y Tools for Humanity".

Además, recientemente, la iniciativa de Sam Altman afirmó que "cumple totalmente con todas las leyes y regulaciones que rigen la recopilación y transferencia de datos biométricos, incluido el Reglamento General de Protección de Datos de Europa (GDPR)". Añadiendo que "nos decepcionó que el regulador español eludiera el proceso y las normas aceptadas por la UE, lo que no nos deja más remedio que presentar una demanda".

Pero, hoy, lunes 11 de marzo, la Audiencia Nacional ha rechazado la medida cautelar que había solicitado Worldcoin para seguir recopilando iris de los usuarios españoles, por lo tanto, esto significa que respalda la decisión de la AEPD.

¿Por qué la Audiencia Nacional rechaza la medida solicitada por Worldcoin?

La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha rechazado la medida solicitada por Tools for Humanity Corporation GMBH (TFH, por sus siglas en inglés), la empresa Worldcoin, en su recurso contra el veto de la Agencia Española de Protección de Datos.

Concretamente, según el auto, "atendiendo a la ponderación de los intereses en conflicto y, a la vista de las circunstancias concurrentes, debe prevalecer la salvaguarda del interés general que consiste en la protección del derecho a la protección de datos personales de los interesados frente al interés particular de la empresa recurrente de contenido fundamentalmente económico".

Por otro lado, el auto de la Audiencia Nacional "se basa en la resolución de la AEPD, donde se explica cómo el proyecto de Worldcoin resulta un tratamiento de datos biométricos que afecta a numerosas personas, entre las que se incluyen menores, y sin constar de forma acreditada su consentimiento o información sobre cómo se usan sus datos biométricos".

¿Esta resolución es temporal?

El Tribunal dicta que, a los efectos de esta decisión, la AEPD es 'competente' para adoptar la medida que tomó la semana pasada. Asimismo, la Audiencia Nacional indica que esta resolución es temporal, por un máximo de tres meses –esto quiere decir que si si le diera la razón en cuanto al fondo del asunto no impediría que esta empresa pudiera continuar su actividad en el futuro–.

Además, la Audiencia Nacional asegura que "el Tribunal entiende que en caso de obtener una sentencia favorable TFH podrá ser indemnizada, por lo que no se produciría un perjuicio irreparable como alega la recurrente". Y es que en el recurso presentado, Worlcoin alegaba que la resolución de la AEPD le supondría grandes daños y perjuicios económicos irreparables –tanto en España como a nivel mundial–.

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