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El Congreso da luz verde a la ley de eutanasia y el Gobierno acaricia su aprobación definitiva

España está más cerca que nunca de legalizar el derecho a la eutanasia. Este jueves, el pleno del Congreso dio luz verde a la ley que regulará el derecho a la muerte digna con el apoyo de toda la cámara -a excepción de dos abstenciones- y los únicos votos en contra de PP, Vox y UPN. El texto ahora pasa al Senado, y según se dilate allí su tramitación, la ley podría entrar en vigor de forma definitiva en febrero o marzo.

La norma recibió un amplísimo apoyo del Congreso de 198 votos a favor (los de PSOE, Unidas Podemos, ERC, Cs, PNV, EH Bildu, Junts, PDeCAT, Más País, Compromís y otras pequeñas formaciones territoriales), por tan solo 138 parlamentarios que votaron en contra. Y es que, desde que fue admitida a trámite en septiembre, la proposición de ley ha seguido un trámite exprés facilitado, en buena parte, por la coincidencia de una gran parte de los grupos en su concepción.

La excepción son PP y Vox, que volvieron a verter durísimos calificativos sobre la norma: mientras los populares aseguraron que "la eutanasia y el suicidio asistido son una derrota para todos y un fracaso de nuestro sistema sanitario y de nuestra sociedad", la formación ultra llegó a asegurar que el Gobierno "instauran la industria de la muerte de forma totalitaria y sin debate social".

Pese a lo dicho por Vox, el texto que se aprobará este jueves pone en todo momento la decisión sobre la posibilidad de acabar con su vida en manos del paciente. Y, además, establece un mecanismo profuso y garantista para evaluar cada solicitud y otorga en todo momento al paciente la oportunidad de echarse atrás. Estas son las claves de la ley:

¿Quiénes podrán solicitar la eutanasia?

La norma regulará tanto la eutanasia (la administración consentida de fármacos a alguien que no puede valerse por sí mismo para acabar con su vida) como el suicidio asistido (la puesta a disposición de estas sustancias para que el paciente acabe con su propia vida).

Pero no todo el mundo podrá acceder a ellos. Para hacerlo, el solicitante deberá ser mayor de edad y de nacionalidad española, o, en su defecto, haber residido en España durante los últimos 12 meses. Y solo podrá recibir ayuda para morir si sufre "una enfermedad grave e incurable" o "un padecimiento grave, crónico e imposibilitante" que le impida valerse por sí mismo o que conlleve "un sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable".

¿Cómo se iniciará el proceso?

El procedimiento echa a andar únicamente cuando el paciente lo solicita, y en todo momento éste puede cambiar de idea y paralizarlo.

Una vez pedida la eutanasia, el médico debe comprobar en un plazo de 48 horas si el paciente cumple los requisitos y, si es así, facilitarle tanto verbalmente como por escrito información sobre "su diagnóstico, posibilidades terapéuticas y resultados esperables, así como sobre posibles cuidados paliativos". Si pasados 15 días el paciente quiere seguir con el proceso deberá manifestarlo por escrito y el médico tendrá una segunda conversación con él para aclararle dudas. 24 horas después de esta segunda deliberación, el paciente tendrá que ratificar de nuevo si desea continuar con la eutanasia o no.

¿Cómo se dará el permiso?

Si el paciente se mantiene firme en su decisión, su caso pasa a manos de un segundo médico, encargado de corroborar en un plazo máximo de diez días que el enfermo cumple los requisitos para recibir ayuda para morir. Una vez el facultativo dé luz verde, el expediente pasa a la Comisión de Garantía y Evaluación de la comunidad autónoma, donde un médico y un jurista verificarían en una semana si se cumplen los requisitos. En caso de que el primer médico o la segunda pareja de expertos emitan informe negativo, el paciente podría recurrir para que el pleno de la Comisión decidiera.

El paciente deberá confirmar su voluntad de morir al menos en cuatro ocasiones a lo largo del proceso y podrá echarse atrás

¿Cómo se aplicaría la eutanasia?

Una vez concedido el permiso, el paciente tendrá derecho a elegir cómo se le ayuda a morir. El proceso podrá llevarse a cabo tanto en el hospital como en casa, y tanto si se administran los fármacos directamente como si se preparan para que el propio paciente los tome, los sanitarios asistirán y apoyarán a la persona hasta que fallezca.

¿Los médicos pueden negarse?

La ley establece que puedan alegar objeción de conciencia de forma anticipada y por escrito, y la administración establecerá un registro de objetores para excluirlos de estas prácticas.

¿Y si el paciente está imposibilitado para decidir?

Si el médico certifica que el paciente "no se encuentra en el pleno uso de sus facultades ni puede prestar su conformidad", únicamente se podrá administrar la eutanasia a quienes así lo hayan dispuesto "con anterioridad en un documento de instrucciones, testamento vital, voluntades anticipadas o documentos equivalentes".

Trámites posteriores

Una vez realizada la eutanasia, el médico responsable tiene cinco días para remitir a la Comisión de Garantía y Evaluación dos documentos.

El primero recogerá los datos del paciente, del médico responsables y del consultor, el documento de instrucciones previas si lo hubiera y la identificación de la persona que presentó la solicitud en nombre del paciente en situación de incapacidad.

En el segundo documento se detallará el proceso, con el tiempo transcurrido desde la petición de eutanasia hasta la muerte, descripción de la patología y del sufrimiento, razones por las cuales se consideraba que no tenía perspectivas de mejoría, información sobre la voluntariedad y la reflexión realizada y garantías de que no hubo presiones externas.

Eutanasia en el mundo
Henar de Pedro
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