¿Qué multas puede poner la DGT a los peatones?

Aunque una gran parte de los viandantes en España piensa que no les pueden sancionar cuando llevan a cabo una infracción, como puede ser cruzar una carretera sin pasar por el paso de cebra, desde la Dirección General de Tráfico indican lo contrario.

Imagen de archivo de una mujer cruzando un calle.
Imagen de archivo de una mujer cruzando un calle.
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Imagen de archivo de una mujer cruzando un calle.

La normativa que aparece en la ley de Tráfico de España o en el Reglamento General de Conducción debe cumplirse por todos los usuarios de la red viaria, por lo que los peatones no son ninguna excepción de ello, y si comenten infracciones pueden ser sancionados por la DGT. 

Por ello, desde la Dirección General de Tráfico a menudo llevan a cabo diferentes campañas con el fin de concienciar a los peatones para que cumplan con las normas de seguridad vial que están en su mano, ya que una infracción por parte de ellos puede convertirse en catastrófica debido a su condición de vulnerabilidad en la vía.

¿Cuáles son las infracciones más comunes de los peatones?

En primer lugar, aparece la sanción por cruzar la calzada por fuera de un paso de cebra, que supone una multa de 100 euros, la misma cuantía que supone andar por vías en las que está prohibido para los viandantes como las autovías, o caminar sin chaleco en las horas del día en las que hay poca luz o malas condiciones meteorológicas. 

Por otra parte, están penadas con una sanción de 200 euros por ser catalogadas como graves por la DGT, cruzar cuando el semáforo cuando se encuentra en rojo y bajarse del coche por una avería en medio de la carretera sin el chaleco reflectante. 

Por último, la sanción más elevada hace referencia a negarse a realizar un control de alcoholemia, que puede llegar hasta los 1.000 euros, ya que los agentes pueden llevarlo a cabo cuando un viandante comete una infracción o esté implicado en un accidente.

¿Por dónde deben caminar los peatones en una vía secundaria?

Un hombre camina correctamente por el arcén izquierdo de una carretera convencional.
Un hombre camina correctamente por el arcén izquierdo de una carretera convencional.
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Aunque parezca una obviedad, son muchos los viandantes que desconocen por donde deben caminar en caso de hacerlo por las vías interurbanas. En este caso, el Reglamento General de Circulación especifica en su artículo 122 que en las “carretera que no disponga de espacio especialmente reservado para peatones, como norma general, la circulación de estos se hará por la izquierda (artículo 49.2 del texto articulado)”. 

Por tanto, gracias a ello, serán más visible tanto para los vehículos que vayan en el mismo sentido de su marcha como para los que crucen, además la sanción por caminar por el arcén derecho asciende hasta los 100 euros.

¿Cuánto es la multa por aparcar en un paso de peatones?

En este caso, la DGT indica esta infracción como grave, aunque solo se encuentre invadiendo de forma parcial el vehículo el paso de cebra, por lo que la sanción por esta acción varía entre los 200 y los 500 euros, dependiendo de la ciudad en donde nos encontremos. 

En Madrid, la cuantía a abonar será de solo 200 euros, eso sí, una grúa podría llevarse el coche a un depósito municipal. Por el contrario, en Barcelona la multa puede ser entre los 200 y los 500 euros, lo mismo que en Valencia, por lo que el importe dependerá de las consideraciones del agente de tráfico en relación con el nivel de obstaculización.

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