La DGT obligará ahora a los conductores de coche a superar un curso para pilotar motos de 125 cc

Hasta este momento, los conductores en España que contaban con más de tres años de experiencia en su permiso B, que les autoriza para ponerse al volante de un turismo, podían conducir motocicletas de 125 cc de manera totalmente legal.

Un motorista circula con su motocicleta de 125 cc por las calles de Sevilla.
Un motorista circula con su motocicleta de 125 cc por las calles de Sevilla.
Alejandro Tapia
Un motorista circula con su motocicleta de 125 cc por las calles de Sevilla.

La semana pasada, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, presentó el Balance de Seguridad Vial del año 2023 en España, que arrojó un total de 1.145 personas fallecidas en accidentes de tráfico, una cifra que prácticamente lleva estancada durante la última década. 

Pero a la Dirección General de Tráfico le preocupa el número de motoristas fallecidos en las carreteras, que el año pasado ascendió hasta los 299, es decir, 45 más que en 2022, lo que supone un aumento del 19%. Es por ello, que una de las primeras medidas que ha tomado la DGT para reducir esta cifra ha sido el establecimiento de un curso o permiso para los conductores de coche que quieran pilotar una moto de 125 cc, que hasta ahora no existía.

¿Cuándo se puede conducir moto 125 con carnet de coche?

Hoy en día, el artículo 4.2 del Reglamento General de Conductores especifica que “se podrán conducir dentro del territorio nacional con el permiso de la clase B, con una antigüedad superior a tres años, las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1”, es decir, las de 125 cc o menos

Pero en cuanto la Dirección General de Tráfico apruebe la nueva normativa, los conductores con más de tres años de experiencia en el carnet B deberán superar un curso obligatorio de perfeccionamiento, del que sabremos más adelante en qué consistirá, una medida que ya está implementada en otros países de nuestro entorno como Alemania y Francia.

¿Cuándo entrará en vigor esta normativa?

Imagen de archivo de un piloto a los mandos de su motocicleta de 125 cc en Santander.
Imagen de archivo de un piloto a los mandos de su motocicleta de 125 cc en Santander.
Getty Images

Aunque aún no se saben fechas de la entrada en vigor de esta normativa, es preciso indicar que para modificar el permiso B, que hasta ahora permite conducir una motocicleta de 125 cc o menos, es necesario que el Reglamento General de Conductores cambie, un trámite que se realiza de un día para otro. 

Por tanto, lo más seguro es que este cambio en la normativa no llegue a consumarse hasta verano como mínimo, ya que, si hubiera algún problema o retraso, no entraría en vigor hasta el último trimestre del año.

¿Qué otras medidas ha tomado la DGT para reducir motoristas fallecidos?

Además de que los conductores con el carnet de coche deberán realizar un examen antes de circular con una motocicleta de 125 cc. Desde la Dirección General de Tráfico también van a crear cursos específicos de recuperación de puntos para los motoristas que se queden sin ellos. Por otra parte, en las vías interurbanas será obligatorio el uso de casco integral y guantes homologados.

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