¿En qué casos está permitido el uso de un vehículo particular durante el estado de emergencia?

Vista de una fila de autos cerca de una gasolinera en City Island, Nueva York. A tres días del paso de Sandy, uno de los servicios más afectados es el reparto de gasolina: estaciones cerradas o largas filas parecen ser la orden del día, un problema que también afecta el vecino estado de Nueva Jersey.
También está permitido el uso de vehículo particular para ir a repostar combustible
Miguel Rajmil / EFE
Vista de una fila de autos cerca de una gasolinera en City Island, Nueva York. A tres días del paso de Sandy, uno de los servicios más afectados es el reparto de gasolina: estaciones cerradas o largas filas parecen ser la orden del día, un problema que también afecta el vecino estado de Nueva Jersey.

La puesta en marcha del estado de alarma en todo el país para frenar la expansión y los contagios del Covid-19, que la OMS ya declaró “pandemia global", ha traído consigo varias dudas sobre lo que se puede hacer y lo que no, para qué está permitido salir a la calle y qué movimientos están restringidos.

En lo que se refiere al uso del vehículo privado o particular, se pueden encontrar respuestas en el Real Decreto que regula el funcionamiento del estado de alarma que va a estar vigente durante mínimo estas dos semanas y que fue publicado en el BOE en pasado sábado. 

Según el artículo siete del mismo decreto, las únicas actividades por las que está permitido circular por vías públicas y otras zonas del mismo tipo son:

  • Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
  • Retorno al lugar de residencia habitual.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Así, en el mismo artículo se específica que el uso del vehículo privado está permitido solo bajo estos supuestos. Es decir, solo podrá cogerse el coche en caso de utilizarlo para ir a hacer la compra, ir al médico o a la farmacia o cualquiera de los casos arriba contemplados.

Además, el Real Decreto amplía los supuestos en el caso de uso de coche o cualquier otro tipo de vehículo para acudir a repostar combustible a una gasolinera o estación de servicio, siempre cumpliendo las medidas de seguridad establecidas por las autoridades médicas.

Está permitido coger el coche para hacer la compra, pero solo podrá ir el conductor
Está permitido coger el coche para hacer la compra, pero solo podrá ir el conductor
Wikimedia

¿Se puede llevar a alguien en el coche?

No. Tal y como se explica en el artículo siete, cualquiera de las actividades permitidas deberá hacerse de manera individual, por lo que esto incluye el uso del vehículo. En un principio, no se puede llevar acompañante en el vehículo, debe viajar solo el conductor.

Solo hay dos excepciones a esta imposición. Una es el acompañamiento de personas con discapacidad o dependientes. En ese caso, sí está permitido acompañarlas, por ejemplo, al médico o a la farmacia y llevarlas en el coche. Hay que recordar que el no cumplimiento de estas medidas y restricciones conlleva multa y, dependiendo de la gravedad, hasta penas de prisión. 

Otra excepción son situaciones justificadas o de fuerza mayor. Dentro de los casos que están justificados como causa mayor se recoge, por ejemplo, el ir a buscar a un familiar al aeropuerto si vuelve durante estos días a España, ya que el alquiler de vehículos está suspendido. Lo que no está permitido son desplazamientos en coche hacia una segunda residencia por motivos de ocio y las fuerzas del orden ya han establecido controles después de este fin de semana para evitarlos. 

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