Del latigazo cervical a la muerte... cuánto se cobra por un accidente de tráfico en España

Latigazo cervical
Latigazo cervical
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Latigazo cervical

Los accidentes de tráfico dejan cada año en España más de 110.000 afectados, según los datos de la Dirección General de Tráfico (DGT). La cifra está vinculada directamente a las indemnizaciones posteriores, que presentan distintas cuantías en función de variables como la gravedad de las secuelas. La gran mayoría de las víctimas no saben cuánto se cobra por el accidente de tráfico.

Víctor Climent

Víctor Climent

  • CEO y cofundador de Calculatuindemnizacion

En España ya se ha aprobado el aumento de las cuantías de las indemnizaciones por accidente de tráfico, así como otras mejoras en los niveles de protección recogidas la última versión del Real Decreto 907/2022. No obstante, las nuevas disposiciones de la Directiva Europea instan al Consejo de Ministros a la aprobación de un anteproyecto de Ley que continúe con el perfeccionamiento del sistema de valoración de daños personales.

Las modificaciones de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro de la Circulación suponen una mejora de las indemnizaciones, tanto en el procedimiento como en la cuantía. La última actualización de Baremo vigente en 2023 ha supuesto un incremento de los importes de un 8,5%, de acuerdo con la subida anual del índice de pensiones.

Latigazo, fractura ósea...

Cuando se trata de una lesión temporal, como puede ser un latigazo cervical o una fractura ósea, el importe diario básico a percibir se ha incrementado de 32,91 a 35,71 euros por día.

En el caso de pérdida significativa de calidad de vida, la cuantía se establece en 61,89 euros diarios en el caso moderado —antes, 57,04— (un jugador de fútbol aficionado que no puede volver a hacer deporte o una abuela que no puede ir a buscar a sus nietos al colegio). Si el perjuicio es grave está fijada en 89,27 euros al día —antes, 82,80— (amputación de cualquier extremidad en fase completa o limitación de movilidad de varias extremidades). Asciende a 119,03 euros —antes, 109,70— de compensación cuando se trata de casos muy graves (tetraplejia o paraplejia).

Los casos de invalidez

En cuanto a los casos de invalidez, tanto parcial como total, solo corresponde indemnización por lucro cesante. La cantidad a percibir depende del salario neto anual que cobrara la víctima y su edad. En estos casos, las cantidades abarcan desde 27.442 a 1.449.505 euros.

Víctimas mortales

Por su parte, en escenarios que contemplan la muerte de la víctima también hay indemnizaciones para su entorno cercano. Para el cónyuge viudo van desde 59.512 euros a los 107.123 euros hasta 15 años de convivencia, en función de la edad de la víctima.

Para los padres van desde 47.610 hasta 83.317 euros, dependiendo de si el hijo fallecido tenía más o menos de 30 años de edad. Para los abuelos se contemplan 23.805 euros, solo en caso de quedar ellos solo como consecuencia de muerte previa de los padres.

Para los descendientes, la indemnización va de los 23.805 hasta los 107.123 euros en función de la edad de los hijos. En lo relativo a los nietos, se contemplan 17.853 euros, solo en caso de que el progenitor y el abuelo estuvieran ya fallecidos. En el caso de hermanos, hay entre 17.853 y 23.805 euros. Por último, para los allegados es de 11.902 euros.

Una vez aprobado el anteproyecto de Ley, las cuantías volverían a actualizarse según el IPC. Es algo fundamental para asegurar que las compensaciones económicas se ajusten al precio de la vida actual. La pérdida de valor de las indemnizaciones ha sido señalada en reiteradas ocasiones en los últimos años por las principales asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico españolas. Es una problemática que afecta principalmente a los grandes lesionados. 

Precisamente son los perjudicados que más protección y ayuda necesitan para superar la situación y recuperar sus actividades cotidianas y laborales.

El nuevo texto refundido recoge nuevas medidas para garantizar la protección del principio de reparación íntegra. Este es un asunto fundamental para poder garantizar la defensa de los derechos de las víctimas de los accidentes en materia de responsabilidad civil.

La importancia de los informes médicos

La falta de informes médicos específicos y detallados sobre la lesión sufrida es la lucha que más desgasta el día a día tanto con los centros médicos, como con las compañías aseguradoras. También la falta de daños materiales en los vehículos puede dificultar una reclamación en lesiones de esguince cervical.

Hasta el momento, la variedad de criterios que se utilizan para establecer los plazos del procedimiento, valorar la gravedad o secuelas de las lesiones y actualizar las cuantías e intereses del mismo, ha dificultado a los profesionales del sector jurídico poder estimar con acierto las indemnizaciones a cobrar por las víctimas. 

Por este motivo, las modificaciones del sistema de valoración de lesiones, así como de la normativa que regula la actividad de las aseguradoras, donde hay una ampliación de las funciones del Consorcio de Seguros, son acogidas con entusiasmo por parte de los despachos, abogados particulares e instituciones sin ánimo de lucro.

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