¿Te pueden despedir por WhatsApp? ¿Y leer tus mensajes? ¿Y unirte a grupos? 5 dudas legales sobre el uso de la app en el trabajo

  • Este canal de comunicación está presente de forma constante en nuestro día a día, también el ámbito laboral, donde lo que sí que vale a título personal puede tener consecuencias legales en el trabajo.
Si estás realizando una videollamada por WhatsApp a través del ordenador, podrás compartir pantalla.
WhatsApp en el ámbito laboral.
hamonazaryan1--5589371 de Pixabay / WhatsApp / Montaje: 20Bits
Si estás realizando una videollamada por WhatsApp a través del ordenador, podrás compartir pantalla.

Más de 35 millones de usurarios en España utilizan WhatsApp cada día tanto para el ámbito personal como para el laboral y en este en concreto surgen algunas dudas a la hora de utilizar esta red social para que no se produzca ninguna consecuencia legal. Por ello, desde RB Ruiz Beato Abogados responden ante una serie de dudas sobre el uso de estas redes en el mundo empresarial y laboral.

Tu jefe o empresa pueden revisarte el WhatsApp

Cualquier dispositivo o herramienta que la empresa ponga a disposición de sus empleados para realizar sus respectivas tareas puede ser revisado en todo momento, siempre y cuando la empresa lo haya avisado de forma previa. Es decir, si en el contrato del trabajador se especifica que el móvil tiene únicamente uso profesional, se podrían mirar los mensajes del trabajador, por lo que la empresa queda cubierta en esos términos de privacidad de cara al empleado.

Negociar condiciones

Gracias a la comodidad y rapidez que ofrecen este tipo de redes de mensajería, hace que se puedan negociar y aceptar diferentes condiciones a través de ellas, incluidas las salariales, pero es conveniente no hacer uso de estos servicios a la hora de negociar, justificar o acreditar cualquier acuerdo laboral o particular. No es recomendable porque estos tipos de mensajes o documentos digitales que se envíen por la red pueden ser manipulables por terceros, aunque existan servicios de certificación digital.

Inclusión en grupos de empresa

La empresa sí que puede obligarte a formar parte de un grupo de WhatsApp si se trata de una herramienta de trabajo y un canal de comunicación habitual para la misma, siempre y cuando se tenga un consentimiento previo por parte del empleado. Si la compañía une al trabajador si su consentimiento, estaría vulnerando la ley de protección de datos y podrían emprenderse acciones legales contra la empresa.

Despidos por WhatsApp

Pese a que el uso de estas tecnologías son muy habituales para cualquier flujo de conversación y realización de tareas colaborativas, no se puede despedir a un empleado mediante WhatsApp. Para comunicar de manera correcta el despido se tiene que cumplir con una serie de requisitos que aparecen debidamente reflejados en la legislación y que no pueden darse por WhatsApp o Gmail. El despido debe ser por escrito, reflejando los hechos, causas, tipo y objetivo del mismo. También debe constar que la carta se ha entregado al trabajador.

Mentiras o engaños por WhatsApp

Tanto para uso laboral o particular, la red social de mensajería instantánea tiene unos términos de uso y condiciones que incluyen una serie de acciones que no se deben hacer y que pueden tener consecuencias legales y penales por vulnerar o incumplir derechos de privacidad, propiedad intelectual, entre otros.

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