Estas son las novedades de la pensión por incapacidad permanente con la nueva Ley del Empleo
- La Ley de Empleo entró en vigor el 1 de marzo de 2023.
- Así es la ayuda de 1.000 euros por hijo menor con discapacidad a cargo en 2023.
- Lista de enfermedades para solicitar una pensión por incapacidad permanente en la Seguridad Social.
El pasado 28 de febrero se publicaba en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Ley 3/2023, de Empleo, que incorporaba importantes novedades en materia de trabajo, entre ellas la equiparación de la incapacidad a la discapacidad. De esta manera, aquellas personas que perciban una prestación pública por incapacidad permanente pasarán a tener reconocida una discapacidad de, al menos, el 33%. Como detallan los expertos de Campmany Abogados, en esta ley se habla del 'Libro Blanco de Empleo y Discapacidad', que fue desarrollado hace años, y que señala que "se establecerán las medidas legislativas, los programas y servicios de empleo necesarios en favor de las personas con discapacidad".
Asimismo, detallan, desde noviembre de 2018 a febrero de 2023, el reconocimiento del grado de discapacidad del 33% a las personas con incapacidad permanente por parte de la Seguridad Social "no equivalía al grado de discapacidad expedido por los servicios sociales". Por tanto, "no era válido a todos los efectos".
Qué es la incapacidad permanente
Cabe recordar que la incapacidad permanente es aquella condición que impide a un trabajador o trabajadora ejercer su puesto de trabajo por una enfermedad o lesión. Por ello, la prestación por incapacidad permanente trata de cubrir esta pérdida de ingresos y será un tribunal médico el que reconozca y conceda la condición de incapacidad permanente.
Tras la entrada en vigor de esta Ley de Empleo desde el 1 de marzo de este mismo año, se incorporan nuevos derechos para las personas que perciben esta pensión e incluye "algunos de los beneficios que se fijaron en 2023", indican desde el despacho de abogados. Para ello, se modifica "la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013".
Estos son los nuevos derechos
En primer lugar, con esta nueva normativa se incluye la denominación de "persona con discapacidad", en lugar de "discapacitadas o minusválidas". Por otro lado, el 33% de discapacidad reconocida por la incapacidad permanente pasa de ser "a todos los efectos" a "los efectos de esta ley". En este sentido, "tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado igual o superior al 33%".
Por otro lado, se recupera el derecho de acceso de los pensionistas por incapacidad permanente "al mercado laboral protegido". Por tanto, a partir de ahora "sí pueden trabajar en centros especiales de empleo para personas con discapacidad y ocupar las plazas que las empresas de 50 o más trabajadores deben guardar para ellos".
Esta novedad es realmente representativa a nivel legal, puesto que "se trata de una ventaja muy relevante que había retirado el Tribunal Supremo en 2018 y que en su momento provocó una fuerte oleada de despidos", explican los expertos.