Así te pillan los nuevos radares antifrenazos de la DGT: esta es su cuantiosa multa

Esta maniobra puesta en marcha por la Dirección General de Tráfico consiste en instalar un radar móvil justo después de un radar fijo de forma que la DGT caza a los conductores que frenan drásticamente en radares fijos. 

Así te pillan los nuevos radares antifrenazos de la DGT: esta es la cuantiosa multa
Así te pillan los nuevos radares antifrenazos de la DGT: esta es la cuantiosa multa
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Así te pillan los nuevos radares antifrenazos de la DGT: esta es la cuantiosa multa

Los radares antifrenazos, dobles o cascada, puestos en marcha por la Dirección General de Tráfico, revolucionan las carreteras de España y es que, más allá de Pegasus o los drones casi imperceptibles, esta tecnología se convierte ahora en otra potente arma de Tráfico para sancionar a aquellos conductores que rebasan los límites de velocidad establecidos. Pero, ¿cómo funcionan?

Pues bien, lo primero que hay que saber es que a diferencia de lo que se suele pensar, desde hace tiempo la DGT coloca varios metros antes del radar fijo un radar móvil, lo que sirve para detectar así la velocidad de circulación real del vehículo que intenta reducir la velocidad de marcha de cara a pasar el radar fijo sin que nos multen. 

Hasta ahora la maniobra más utilizada no era otra que levantar el pie del acelerador justo unos metros antes, una práctica que, por otra parte, no era sancionable según el Código de Circulación. Pero la cosa no acaba ahí porque, además, estos radares también tienen como objetivo sancionar a aquellos que vuelven a acelerar una vez pasada la zona de vigilancia. 

Cómo funcionan los radares antifrenazos, cascada o dobles

Lo primero que hay que saber es que no se trata de un solo radar como tal, si no que la Dirección General de Tráfico coloca un radar móvil unos metros antes del radar fijo, lo que sirve para detectar la velocidad de circulación real del vehículo que trata de esquivar el radar fijo. 

Eso sí, cabe señalar que dependiendo de cómo se frene, podría incluso darse el caso de que lleguen a casa hasta dos multas de tráfico: una por el correspondiente exceso de velocidad y otra por el frenazo brusco en sí. La razón reside en el Reglamento de Circulación, frenar el vehículo de manera brusca e injustificada está sancionado con una multa de 200 euros y, por lo que se puede sacar como conclusión es que frenar de golpe para evadir un radar no está contemplado como una causa justificada.

Por si esto fuera poco, para prevenir la reducción brusca de velocidad antes de los radares, se han colocado puntos de control adicionales antes de los mismos. Esta estrategia dificulta la acción de disminuir rápidamente la velocidad justo antes de pasar por el radar, ya que los conductores son detectados con suficiente antelación para tomar medidas. En cualquier caso, la multa es de 200 euros

Los nuevos radares que te multan por saltarte un STOP

A todo ello se le suman los nuevos radares que multan por saltarse una señal de STOP o línea continua. Estos novedosos dispositivos se encuentran sobre todo en los cruces peligrosos, ya que son los lugares donde más siniestros se producen. La sanción si te pilla uno de estos radares ascenderá a 200 euros con la consecuente retirada de cuatro puntos de tu licencia de conducción.

En estos casos, se dispone de dos cámaras que portan un sistema que es capaz de leer la matrícula. En un principio se han instalado en las zonas en las que un vehículo se incorpora a una vía principal, y así comprobar si este se sitúa en la carretera principal antes de que finalicen la línea continua, por lo que un dispositivo de vigilancia se encuentra al principio del carril y otro unos metros más adelante para recabar la información suficiente.

Radares de línea continua
Radares de línea continua
DGT

No obstante, existen varias excepciones para superar las líneas continuas a la hora de adelantar en una carretera convencional y no recibir una multa por ello, como es el caso de sobrepasar a un ciclista.

Cuál es el límite de velocidad de un coche o turismo en España

La velocidad genérica máxima para todos estos vehículos es de 90 km/h en carretera convencional en el caso de los turismos, motos, autocaravanas (igual o inferior a 3.500 kg de mma) y pick-up, aunque el titular de la vía podrá establecer un límite de hasta 100 km/h (excepto para los reparto de paquetes. 

En autopistas y autovías, el límite para todos ellos es el de 120 km/h. Por otra parte, desde marzo de 2022 ya no se puede superar en 20 km/h la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos.

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