La fórmula matemática que explica por qué un radar no te multa a 128 km/h pero sí a 129 km/h

Imagen de un radar en el interior de un coche de la Guardia Civil.
Imagen de un radar en el interior de un coche de la Guardia Civil.
DGT
Imagen de un radar en el interior de un coche de la Guardia Civil.

La Dirección General de Tráfico (DGT) tiene desplegados en la red de carreteras del estado un total de 780 radares fijos y 545 radares móviles, dedicados a 'cazar' a aquellos conductores que sobrepasen los límites de velocidad.

Tal y como recoge ABC, hasta hace unos años, existía una regla que indicaba que los límites máximos se podían superar en un 10% o en 20 km/h para adelantar. La DGT eliminó esta norma y ahora se aplica la llamada norma de 'tolerancia 7': un 7% de la velocidad máxima permitida y sólo en algunas vías.

La cuestión es que los cinemómetros de los radares (los aparatos que miden la velocidad) no tienen una precisión del 100%. El margen de error oscila entre el 7 y el 3% (dependiendo de si son radares modernos o antiguos).

Esto significa que un radar móvil no se activa hasta que un coche o vehículo sobrepasa en un 7% la velocidad máxima de 120 km/h. Es decir, hasta que no alcanza los 128,4 km/h.

Si aplicamos esta fórmula, en carreteras con límite 110 el radar no salta hasta los 117,7 km/h y en el caso de los de 100, salta a partir de los 107 km/h.

Por debajo de los 100 km por hora, ya no se aplica el porcentaje del 7%, sino que se establece un límite general de 7 kilómetros. Así, en las carreteras entre 30 y 90, se suma 7 para fijar el límite.

En el caso de los radares móviles, se aplica la norma, pero reduciendo el porcentaje al 5% y en carreteras a menos de 100, sumar 5 km/h al límite para saber cuándo salta el radar.

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