¿Qué documentación hay que llevar siempre en el coche?

En los controles rutinarios que se realizan en las vías públicas, o en caso de accidente, los agentes suelen solicitar al conductor la entrega de los papeles del coche.
En los controles rutinarios que se realizan en las vías públicas, o en caso de accidente, los agentes suelen solicitar al conductor la entrega de los papeles del coche.
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En los controles rutinarios que se realizan en las vías públicas, o en caso de accidente, los agentes suelen solicitar al conductor la entrega de los papeles del coche.

Poder conducir un coche requiere de algo más que poseer el vehículo, puesto que también precisa de cierta burocracia. Además del trámite fundamental de adquirir el permiso de conducir, es obligatorio asegurar el automóvil  y presentar ciertos justificantes si se opta por la financiación ante una nueva compra. De hecho, hay que llevar algunos de estos documentos por obligación en el vehículo. En los controles rutinarios que se realizan en las vías públicas, o en caso de accidente, los agentes suelen solicitar al conductor la entrega de los papeles del coche para comprobar que todo está en vigor. Aunque algunos de estos justificantes se pueden consultar de forma telemática, circular sin la documentación obligatoria puede acarrear multas de 10 euros por cada documento y de hasta 500 euros si, además, los papeles no están en regla. Tampoco sirve llevar fotocopias de los originales.

¿Qué documentos son obligatorios?

  • El permiso de circulación. Con este documento se acredita que el vehículo está matriculado, un trámite fundamental para poder circular de forma legal por las vías públicas. Lo emite la Dirección General de Tráfico y es un díptico verde, común para los países de la Unión Europea. Los datos del titular y la identificación del vehículo (marca, tipo, fecha de matriculación, cilindrada, plazas…) se incluyen en este formulario.  Además, hay que prestar atención a la actualización del documento puesto que cualquier variación relativa al nombre o al domicilio del conductor debe comunicarse para que se modifique en Jefatura de tráfico. 
  • Carnet de conducir. Es la identificación del conductor en la carretera ya que en él se detallan todos los datos necesarios (nombre, apellidos, DNI) y, también, que ha superado los diferentes controles para poder conducir. Si el carnet no está actualizado, la multa puede superar los 80 euros y, si está caducado, puede llegar hasta los 200 euros.
  • La ficha de inspección técnica. Se consigue tras pasar la revisión de la ITV. Los vehículos nuevos no requieren de este reconocimiento hasta que no alcanzan los cuatro años de su primera matriculación. Este informe garantiza que el coche cumple las condiciones técnicas y mecánicas exigidas por la DGT en cuanto a contaminación, seguridad y otros parámetros. Junto a la ficha que acredita haber superado la inspección, hay que portar la pegatina que lo certifica, situándola en la luna delantera del coche. Tener este trámite caducado, implica una sanción de 200 euros.

¿Hay que llevar otros documentos?

Aunque no son obligatorios, muchos conductores también guardan en el coche otros documentos interesantes que, aunque ahora no son obligatorios, con normativas anteriores sí lo han podido ser. El seguro del coche es uno de estos ‘papeles’, puesto que se debe garantizar, como mínimo, la responsabilidad civil frente a terceros, por lo que la ley no permite conducir sin este trámite. Circular sin tener una póliza contratada puede incurrir en una sanción de entre 600 y 3000 euros. El impuesto de circulación es otro de los documentos que muchos portan en la guantera, ya que es un pago obligatorio que se abona cada año.

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