Cómo dar de baja en servicios de telefonía a un fallecido

En este caso, podemos ser más restrictivos. La primera opción es mis contactos, esto es, los números que tenemos guardados en el teléfono. La segunda opción es mis contactos excepto y aquí podemos seleccionar aquellos que no queremos que lo vean. Finalmente, está solo compartir con y aquí habrá que elegir con qué contactos queremos mostrarlo.
Tramitar una baja de servicio móvil
Pixabay/Simon
En este caso, podemos ser más restrictivos. La primera opción es mis contactos, esto es, los números que tenemos guardados en el teléfono. La segunda opción es mis contactos excepto y aquí podemos seleccionar aquellos que no queremos que lo vean. Finalmente, está solo compartir con y aquí habrá que elegir con qué contactos queremos mostrarlo.

Tras el fallecimiento de un familiar, se deben realizar una serie de trámites imprescindibles, como la obtención del certificado de defunción, la inscripción del fallecimiento en el Registro Civil, la tramitación del testamento y declaración de herederos o la liquidación de impuestos, entre otras gestiones.

En este sentido, uno de los procesos básicos es dar de baja a la persona fallecida de sus servicios de telefonía, si es el titular del contrato. Pero, ¿cuáles son los pasos necesarios? ¿Cuál es el método indicado para realizar esta gestión?

Documentación necesaria para la baja

Cuando el titular de un contrato fallece, el proceso para su baja de los servicios de telefonía lleva un proceso diferente al resto de bajas, y dependerá también del operador de telefonía. 

En el caso de Movistar, como indica la compañía en su web, para realizar este trámite, la persona interesada debe contactar en su número de atención al cliente o por la cuenta personal de WhatsApp de Movistar, disponible en este enlace.

Desde Vodafone indican que este proceso puede tardar un plazo de dos días hábiles y necesitarás todos los datos de la persona titular del servicio. Puedes contactar con la compañía a través del servicio telefónico de atención al cliente o por correo postal.

 "Si se trata de baja por fallecimiento, tendrás que presentar el certificado de defunción", subrayan. Este es el documento que deberás presentar para confirmar la defunción, un requisito imprescindible en todas las compañías. En Orange también indican que, para tramitar una baja por defunción, se deberá adjuntar el DNI por las dos caras del titular de la línea y la copia del certificado de defunción.

No hay penalización por permanencia

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerda que tras el fallecimiento de un familiar, "las deudas se heredan, las permanencias no". Por tanto, las compañías no pueden cobrar una penalización por dar de baja este servicio. "Si fallece el titular del contrato, se da una imposibilidad objetiva de cumplirlo". 

De esta manera, "el contrato se cancela y ambas partes quedan liberadas", por lo que no se tiene que mantener la línea. En cambio, las deudas que tuviera sí se heredan y pasan a los familiares.

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