Propuestas de la OCU para mejorar las mascarillas higiénicas y que sean accesibles para todos

Llaves, cartera, móvil... y mascarilla. Desde ayer, es obligatorio llevar este accesorio en los espacios públicos siempre y cuando no se pueda respetar la distancia de seguridad de dos metros entre personas. ​ ​Así lo estipula la orden del Ministerio de Sanidad publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que, sin embargo, no estipula a cuánto ascenderán las sanciones para los ciudadanos que incumplan esta regla. Por su parte, Interior ya ha señalado que habrá «unos días de gracia» pero que, después, se sancionará en base a la Ley de Seguridad Ciudadana con multas que podrían rondar los 600 euros. ​ ​Eso sí, el Ministerio da vía libre al tipo de mascarilla, pues todas son válidas:las quirúrgicas, las higiénicas, las FFP2 o, incluso, de tela. Los menores de 6 años podrán no portarla aunque, entre los 3 y los 5, es recomendable que lleven mascarillas adaptadas. ​ ​En caso de salir a hacer deporte la obligatoriedad será similar a cuando se sale a pasear: hay que ponérsela si existen aglomeraciones.
Nueva regulación sobre el uso de estas mascarillas.
Llaves, cartera, móvil... y mascarilla. Desde ayer, es obligatorio llevar este accesorio en los espacios públicos siempre y cuando no se pueda respetar la distancia de seguridad de dos metros entre personas. ​ ​Así lo estipula la orden del Ministerio de Sanidad publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que, sin embargo, no estipula a cuánto ascenderán las sanciones para los ciudadanos que incumplan esta regla. Por su parte, Interior ya ha señalado que habrá «unos días de gracia» pero que, después, se sancionará en base a la Ley de Seguridad Ciudadana con multas que podrían rondar los 600 euros. ​ ​Eso sí, el Ministerio da vía libre al tipo de mascarilla, pues todas son válidas:las quirúrgicas, las higiénicas, las FFP2 o, incluso, de tela. Los menores de 6 años podrán no portarla aunque, entre los 3 y los 5, es recomendable que lleven mascarillas adaptadas. ​ ​En caso de salir a hacer deporte la obligatoriedad será similar a cuando se sale a pasear: hay que ponérsela si existen aglomeraciones.

El Ministerio de Consumo trabaja en el desarrollo de una nueva orden que regule los requisitos que debe cumplir una mascarilla higiénica para su utilización como el etiquetado, la publicidad y los mecanismos de control. Se trata de una normativa que tiene como objetivo endurecer la regulación de este producto no sanitario para su eficacia ante el coronavirus.

Por ello, desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) instan a las autoridades a aprobarla cuanto antes "para evitar desinformación y confusión entre los consumidores". Del mismo modo, la organización ha hecho llegar a Consumo una serie de propuestas sobre esta nueva orden para la regulación de su venta y la información obligatoria que deben contener.

¿Cuál es el coste para una familia?

El uso de mascarillas es obligatorio en todo el país independientemente de que se pueda mantener o no la distancia física de seguridad, pero el gasto que supone para las familias es de aproximadamente 100 euros para un hogar de cuatro miembros. 

Se trata de un coste que muchas economías domésticas no pueden asumir y, por eso, la OCU reitera que este tipo de artículos deben tener un IVA superreducido del 4% o incluso el 0%. Además, solicitan que "se garantice el suministro de mascarillas gratuitas a los consumidores vulnerables que no tienen ingresos para poder cambiarlas con la frecuencia necesaria".

¿Qué propone la OCU?

Con motivo de la consulta pública sobre la nueva normativa que valora la comercialización de estos productos y los requisitos de información, la OCU ha enviado las siguientes propuestas al Ministerio de Consumo:

  • Fijar un número máximo de lavados para las reutilizables siguiendo criterios técnicos. Esto debe garantizar la adecuada eficacia de filtración y se debe prohibir "la comercialización de mascarillas que anuncien un número exagerado de lavados".
  • Incluir en el etiquetado el tiempo máximo recomendado para su uso. 
  • Incluir "de forma destacada" el tipo de contenedor al que deben desecharse.
  • Prohibir la comercialización de mascarillas higiénicas que anuncian propiedades viricidas, "ya que contribuyen a promover una falsa sensación de seguridad". 
  • Intensificar el control del mercado "para impedir el uso del termino FFP2 si no está debidamente certificado". 
  • No anunciar mascarillas infantiles FFP2 ya que "es una categoría regulada por una norma de aplicación en el ámbito profesional no pensada para niños".
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