No una, sino hasta cuatro multas distintas por circular sin la ITV

Cartel de ITV en Andalucía.
Cartel de ITV en Andalucía.
JUNTA DE ANDALUCÍA
Cartel de ITV en Andalucía.

Las estaciones técnicas dedicadas a la revisión oficial de los vehículos acumulan citas, días de retraso y coches por examinar. Después de los tres meses durante los que echaron el cierre, la vuelta a normalidad ha sido un poco más caótica de lo que se esperaba. 

Pese que a todos los conductores que vieron caducar la validez de sus ITV entre el 14 de marzo hasta el 21 de junio cuentan con varios días de prórroga para pedir cita previa y someter sus vehículos a examen, esta medida no está paliando los retrasos y la acumulación de coches y motos. 

Y es que muchos propietarios, pese a que desde la DGT se aconsejaba ir cuanto antes a pasar la revisión, decidieron posponer la renovación de sus ITV gracias a este margen extra, esperando a que la situación se calmara. 

Pero antes de alargar la vida de una ITV caducada y seguir circulando en estas condiciones, es necesario saber que no solo se corre el riesgo de sufrir una avería con el coche o un accidente, sino que la autoridades de tráfico pueden expedientar al conductor con una multa administrativa. 

Aunque no conlleva la pérdida de puntos en el carnet, circular con la ITV caducada, desfavorable o rechazada es un hecho sancionable por cuatro razones distintas y con multas de hasta 500 euros: 

  1. Por no acudir a pasar la ITV en el tiempo especificado: 200 euros.
  2. ​Por circular con la ITV negativa, suspendida o rechazada: hasta 500 euros y sin posibilidad de rebaja por pronto pago.
  3. ​Por circular con un resultado desfavorable: 200 euros de multa.
  4. ​Aunque se haya superado la ITV, no llevar la pegatina correspondiente en el parabrisas podrá ser una acción multada con 80 euros.
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