Pontevedra

El TC dicta que no se dan las circunstancias para manifestaciones de 1 de mayo, tampoco en coche

En su auto, el TC considera que no se dan las circunstancias que permitan el ejercicio del derecho de reunión por la situación de pandemia. La relación entre el derecho a la vida y el de reunión exige una ponderación por la que, ante la falta de las garantías de seguridad en una situación de máximo contagio, ha de primar el primer derecho.

(HABRÁ AMPLIACIÓN)