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Llarena recuerda que el rey tuvo que mediar ante la "insurrección del 'procès'"

Mensaje de Felipe VI sobre Cataluña.
CASA DEL REY

La insurrección promovida por los artífices del proceso soberanista fue de tal envergadura que el rey Felipe VI tuvo que dirigir un mensaje a la nación y reclamar a la Generalitat respeto al orden constitucional democrático. El juez del Supremo Pablo Llarena se pronunció este miércoles en esos términos en el auto en el que ha confirmado el procesamiento de todos los investigados en la causa abierta en el Supremo contra el procés soberanista por delitos de rebelión, malversación y desobediencia.

En su argumentación sobre la existencia de un delito de rebelión, el juez insiste en que hubo violencia "conscientemente asumida y buscada" y destaca la envergadura de la insurrección en la que se insertaron esas expresiones de violencia durante el referéndum ilegal del 1-O y días después, con movilizaciones que implicaron cortes de carreteras.

Hasta el punto —añade— de que el rey, como jefe del Estado, "dirigió un mensaje a la nación y reclamó al Gobierno de la Generalitat de Cataluña que respetara el orden constitucional democrático, y apeló a todos los funcionarios del Estado y de las comunidades autónomas a que cumplieran con sus obligaciones constitucionales".

Sostiene, además, Llarena que la incertidumbre jurídica, la movilización en las calles, los cortes en las vías de comunicación y el condicionamiento de la vida económica y social que supuso el procés motivaron una retirada "masiva" de fondos de entidades financieras radicadas en Cataluña ante la que el Ejecutivo tuvo que salir al paso. Recuerda, asimismo, las cerca de 3.000 empresas (con un volumen de facturación de 44.000 millones de euros) que cambiaron su domicilio a lugares fuera de Cataluña.

Posible conspiración para la rebelión

De este modo, el juez del Tribunal Supremo ha abierto la puerta por vez primera a incluir en la causa del procés delitos alternativos a la rebelión como sería el caso de la sedición y de la conspiración para la rebelión en el hipotético caso de que no quedara acreditado el uso de la violencia.

Pese a que Llarena defiende una vez más que en la causa concurre el requisito de violencia para imputar a 13 investigados el delito de rebelión, el magistrado apunta por vez primera la posibilidad de que los hechos puedan ser también calificados como sedición y conspiración para la rebelión, algo que la propia Sala de Apelaciones ya ha mencionado en alguna ocasión.

El juez explica que la ausencia de determinación expresa de un delito no impide que la acusación provisional o definitiva que llegue a formularse pueda ser diferente siempre que su base fáctica se encuentre en el propio auto, ya que la finalidad del procesamiento no es otra que definir los hechos objeto del enjuiciamiento, más que los delitos. Al respecto, indica que en el caso hipotético de que no se acreditara la violencia como estrategia para lograr la independencia unilateral, como así defienden todos los investigados, ello no conduciría al archivo de las actuaciones.

En concreto, señala que los hechos por más que sean evaluados en el sentido que postulan los investigados, no excluyen una acusación por sedición ni tampoco por conspiración para la rebelión, penados con hasta 15 y 7 años, respectivamente.

Sobre este último punto, el juez explica que "aun cuando el proceso nunca se hubiera orientado a una declaración unilateral de independencia sino a forzar al Estado a modificar la realidad constitucional", los hechos sitúan el escenario en la conspiración. Puesto que, precisa, "los procesados contemplaban emplear en ello el ejercicio ilegal de sus funciones de gobierno, la desobediencia institucional y promover un contexto en el que el alzamiento violento pudiera emerger como condicionante esencial".

Importancia de los Mossos

El juez hace esas consideraciones en respuesta al recurso del exconseller de Interior Joaquim Forn en un auto de 85 folios en el que desestima los 23 recursos de reforma —solo los exconsellers huidos Antoni Comín y Meritxel Serret rehusaron recurrir— contra el auto de procesamiento que él mismo dicto el pasado 21 de marzo por delitos de rebelión, malversación y desobediencia, por lo que ahora las defensas disponen de cinco días para recurrir ante la Sala de Apelaciones del alto tribunal.

también pone de manifiesto la importancia de que el cuerpo de los Mossos d'Esquadra no atendiera a órdenes judiciales. "De un lado, mostraba que el territorio de Cataluña estaba fuera del control policial con el que habitualmente cuenta el Estado, hasta el punto de que los 17.000 agentes armados no respondían a las órdenes legales, sino a las de los procesados", expone. Y además, esa situación evidenciaba la insuficiencia de los 6.000 policías y guardias civiles desplegados para mantener el orden público e impedir el referéndum del 1-O