Cómo aparcar tu autocaravana o camper y evitar multas: atención a las normativas municipales

Una nueva instrucción de la DGT actualizó las directrices a la hora de diferenciar entre aparcar o estacionar este tipo de vehículos, pero se deben seguir cumpliendo las normativas municipales de aparcamiento de cada ciudad.

¿Con qué carnet se puede conducir una caravana? Varía en función de su peso
¿Con qué carnet se puede conducir una caravana? Varía en función de su peso
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¿Con qué carnet se puede conducir una caravana? Varía en función de su peso

Las autocaravanas y campers se pueden conducir con el carnet de conducir B y, a grandes rasgos, deben seguir las mismas normas de tráfico que el resto de vehículos, sin grandes diferencias con los turismos. Pese a ello, hay ciertas particularidades asociadas a las campers y autocaravanas, por su uso como alojamiento, que es necesario conocer si queremos evitar multas de tráfico.

El pasado mes de julio, la DGT aprobó la nueva instrucción PROT 2023/14 en la que se repasan varios puntos relacionados con la conducción y aparcamiento de las autocaravanas. Este último punto ha sido desde hace años el más controvertido, ya que la diferencia entre aparcar y acampar una autocaravana ha sido un motivo recurrente de multa de tráfico para este tipo de conductores. 

Las autocaravanas podrían aparcar igual que los coches

Con la nueva instrucción, la DGT ha querido unificar conceptos y facilitar el estacionamiento en ciudad también a los usuarios de las autocaravanas. Así, en el texto se especifica que "las autocaravanas pueden, por tanto, efectuar las maniobras de parada y estacionamiento en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo", ya que equipara estos vehículos a la misma categoría que los turismos. 

Al mismo tiempo, la DGT recuerda que, en ningún caso, las ordenanzas municipales pueden "oponerse, alterar, desvirtuar o inducir a confusión con los preceptos de este reglamento", aunque sí que es cierto que estas normas locales prevalecerán a la hora de aparcar en ciudad. ¿Cómo queda entonces, la situación, para los usuarios de autocaravanas que necesiten estacionar en ciudad? 

En el podcast InSedentarios, especializado en el mundo del autocaravaning, han entrevistado al jefe de la Unidad de Normativa y autor de la Instrucción PROT 2023/14, Francisco de las Alas Pumariño, para entender cómo interpretar la nueva norma. La principal guía que hay que tener en cuenta es que este texto es de obligado cumplimiento para los agentes de la Guardia Civil de Tráfico, pero no para los policías municipales que apliquen las normativas locales dentro de un municipio. 

Esto quiere decir que la instrucción prevalece fuera de poblado, mientras que en entorno urbanos habrá que seguir las ordenanzas municipales, que no deben entrar en conflicto con la instrucción, tal y como hemos señalado. 

Prevalece la normativa municipal

¿Qué quiere decir todo esto? Pues que, a la hora de estacionar en un municipio, las autocaravanas deben cumplir siempre lo que digan las ordenanzas municipales. De las Alas explica que las ordenanzas municipales tienen la competencia de ordenar el estacionamiento dentro de su término municipal. Así, en el caso de que alguno de estos textos prohíba explícitamente el aparcamiento de autocaravanas en ciertas zonas, habría que respetarlo.

"La DGT, entre sus competencias, no tiene la de auditar o fiscalizar el comportamiento de los ayuntamientos. Nosotros no podemos forzar a los ayuntamientos a retirar una señal ni sancionar a un ayuntamiento por establecer una determinada señalización", ha especificado de las Alas en este podcast.

Eso sí, según el autor de la nueva instrucción de la DGT, los conductores que crean que se han vulnerado sus derechos pueden solicitar una rectificación de la señal de tráfico que les prohíbe aparcar e incluso presentar la debida denuncia ante un juzgado de lo contencioso administrativo.

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