Los coches históricos sí podrán circular por las nuevas zonas de tráfico limitado de Madrid 360

Más de 30 coches clásicos se dan cita en Torremolinos como antesala de la Feria de San Miguel
Imagen de la feria de coches clásicos en Torremolinos.
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Más de 30 coches clásicos se dan cita en Torremolinos como antesala de la Feria de San Miguel

Los coches históricos y clásicos de Madrid han visto pender de un hilo sus opciones de movilidad por la zona más céntrica de la capital. Tras presiones y alegaciones por parte de diferentes asociaciones han conseguido mantener un estatus especial que les permita seguir rodando y dejándose ver por las nuevas zonas de tráfico restringido que ha inaugurado la ordenanza Madrid 360.

Desde la Federación Española de Vehículos Antiguos han celebrado la ampliación de la protección a los vehículos de interés histórico bajo el marco de esta nueva ordenanza y hay apuntado en qué condiciones van a poder circular. La primera es que, en el caso de tener en propiedad un coche que pueda estar amparado por la categoría de histórico, se registre como tal y se tenga la correspondiente matrícula que lo acredite, ya que será mucho más fácil circular. 

Todos los coches que quieran disfrutar de las medidas excepcionales por ser históricos deben estar matriculados como tal. Aunque es legal circular con la matrícula antigua del coche ya que, además, estéticamente queda mucho mejor, desde FEVA aconsejan utilizar la conocida como matrícula H cuando se quiera transitar por la zona centro o a través los perímetros de las zonas de emisiones bajas. Las cámaras que controlan el cumplimiento de los límites de estas ZBE no siempre detectan las matrículas ordinarias de los vehículos históricos como permitidas, por lo que podrían acabar sancionando al conductor sin razón. 

En lo que se refiere al estacionamiento, las posibilidades dependen de la zona en la que se quiera aparcar. En el distrito Centro, todas las motos históricas y los vehículos históricos de más de cincuenta años podrán aparcar en la calle y en los estacionamientos de uso público o privado. Aquellos coches que tengan menos de 50 años (pero sean, igualmente, históricos), podrán usar los aparcamientos de uso público o privado.

En el resto del término municipal, todos los vehículos y motos históricas podrán aparcar en aparcamiento de uso público o privado o reserva de estacionamiento, pero no en la superficie.

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