El sindicato de futbolistas propone un protocolo de embarazo y maternidad que incluye medidas de conciliación
- El escrito ha sido presentado ante el Consejo Superior de Deportes (CSD) y la Real Federación Española de Fútbol (RFEF).
La Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) ha presentado ante el Consejo Superior de Deportes (CSD), la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) y la Asociación de Clubes de Fútbol Femenino (ACFF) su protocolo de actuación ante el embarazo y la maternidad.
Este documento, también enviado al Fútbol Club Barcelona y el Athletic Club de Bilbao, incluye diferentes medidas de conciliación y el cuidado de los hijos durante los viajes. Se trata de “una cuestión capital” para AFE con el objetivo de “que las jugadoras puedan desempeñar con todas las garantías y derechos su profesión”.
El escrito recuerda que “con el fin de garantizar la protección de la maternidad y la lactancia, la legislación laboral insta a las empresas a realizar una adecuada evaluación de riesgos y la adecuación o cambio de puesto de trabajo” y destaca que “AFE es consciente de que las condiciones laborales pueden conllevar consecuencias negativas y perjudiciales para la salud y seguridad, tanto en la etapa de embarazo como en la lactancia, incluso también para el mismo lactante”.
Es por ello que propone y recomienda varias medidas a adoptar. Entre ellas figuran la adaptación de las condiciones y tiempo de los entrenamientos y la realización temporal de funciones compatibles con su estado dentro del mismo club.
Con el fin de proteger la seguridad y la salud de las jugadoras de fútbol en situación de embarazo o lactancia natural, pertenecientes a un club adscrito a una competición de ámbito nacional en España” son las siguientes:
- Adaptación de las condiciones y/o del tiempo de entrenamientos y cualquier otra actividad que desarrolle en el club habitualmente.
- Realización temporal de funciones compatibles con su estado dentro del mismo club.
Procedimiento
El club informará a su plantilla de la existencia de un procedimiento que servirá para velar por ellas en caso de embarazo y lactancia.
- ¿Quiénes pueden iniciar el procedimiento? La jugadora embarazada o en período de lactancia.
- ¿Cuándo? En el momento que se tenga constancia de su estado y cuando la prestación de sus servicios pueda afectar de forma negativa a su salud y/o a la del feto o lactante por estar contemplado en la evaluación de riesgos o porque así lo estime la propia jugadora. Siempre desde una posición de libertad a la hora de la toma de decisiones respecto a su situación.
- ¿Cómo? ¿Dónde? La futbolista presentará una solicitud al club dando conocimiento de su nueva situación.
- ¿Qué debe adjuntar? Informe del facultativo correspondiente del Servicio Público de Salud o mutualidad correspondiente, donde se acredite la situación de embarazo y fecha probable del parto o la situación de lactancia y fecha de nacimiento del lactante. En esos informes médicos, por la especificidad de la actividad, se debería tener en cuenta el tema deportivo y su condicionamiento. Se preservará su derecho a la confidencialidad en los términos legales.
Actuaciones que deben realizar los clubes
- El club procederá a la adaptación de las condiciones y/o del tiempo de entrenamientos y cualquier otra actividad que la jugadora desarrolle en el club habitualmente.
- El club podrá ofrecer la realización temporal de funciones compatibles con su estado dentro del mismo club, que deberá o podrá ser aceptado por la jugadora.
- El club facilitará la reinserción de la jugadora a su puesto cuando el tiempo establecido y su salud lo permitan, y la futbolista quiera volver.
- El club facilitará el cuidado del niño/o niña en los traslados que se vea obligada la madre a realizar por sus desplazamientos en el normal desarrollo de su actividad como futbolista.
- Todas estas medidas no tendrán repercusión alguna en las retribuciones de la jugadora.
Conciliación y corresponsabilidad
Se hace necesario regular las medidas de conciliación y corresponsabilidad con el fin de complementar a los periodos de maternidad y lactancia, ya que es un derivado evidente que el hecho mismo del nacimiento genera nuevas necesidades de conciliación que afectan a madres y padres, madres y madres, y padres y padres, con su normal e inevitable influencia en el club.
Sin perjuicio de la autonomía y capacidad de decisión de cada club se enumeran a continuación una serie de medidas que a modo orientativo pueden servir como ejemplo:
- Incremento de los permisos y licencias reconocidos legal o convencionalmente.
- Flexibilidad en cuanto a la forma de su disfrute.
- Guardería en el centro de trabajo o convenio con guarderías cercanas al mismo.
- Ayuda escolar.
- Seguro médico complementario.
- Ayudas en caso de discapacidad de hijos/as en casos de nacimiento, adopción y acogimiento.
Recomendaciones generales
Con carácter general, y sin perjuicio de las medidas específicas que deban adoptarse en cada caso, se puede establecer un catálogo general sobre riesgos y recomendaciones que puede servir de orientación para que cada club lo adapte a sus propias circunstancias.
- Aumentar tiempos de descanso.
- Impedir jornadas prolongadas.
- Adaptar o reducir los desplazamientos y viajes atendiendo a la evolución del embarazo.
- Controlar los factores de estrés: organización del trabajo, fatiga mental, dificultades de conciliación o tareas repetitivas.
- Realizar exámenes prenatales periódicos y seguir en todo momento las prescripciones médicas.