El Tribunal Supremo sentencia que llamar "ladrones" a la SGAE es libertad de expresión

Teddy Bautista
Teddy Bautista abandonando la sede de la Audiencia Nacional.Teddy Bautista, abandona la sede de la Audiencia Nacional. (ARCHIVO)
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  • El Supremo ha estimado un recurso interpuesto CNT contra la SGAE, entidad que les demandó por el artículo 'Por la desaparición de la SGAE, a las barricadas'.
  • La sentencia considera que del contexto de las expresiones vertidas se infiere que estas no tenían por objeto la imputación de un delito sino la simple crític.
  • En el fallo se impone a la parte demandante, la SGAE, las costas del juicio

El Tribunal Supremo ha estimado un recurso interpuesto por la Confederación Nacional del Trabajo (CNT) contra la SGAE al considerar que prevalece la "libertad de expresión" del sindicato sobre el "derecho moral" de la entidad en un artículo en el que la acusaba de "robo" y de ser una "cueva de ladrones".

Los hechos objeto de enjuiciamiento parten de la demanda interpuesta por la SGAE contra la CNT por la publicación el 18 de julio de 2007 en la página web anarquista de un artículo titulado Por la desaparición de la SGAE, a las barricadas, en el que se criticaba duramente a la Sociedad General de Autores y Editores.

Inicialmente, la demanda de la SGAE fue desestimada en primera instancia en enero 2009 al considerar el juez que debía primar la libertad de expresión, aunque la Audiencia Provincial de Madrid aceptó parcialmente en abril de 2010 el recurso de apelación de la entidad de gestión al declarar que con el artículo publicado se había producido una intromisión en su derecho al honor.

Ahora, la sentencia de la Sala Primera del Alto Tribunal estima el recurso de casación de la CNT, al partir de la prevalencia de la libertad de expresión "en un Estado democrático de Derecho" y teniendo en cuenta las "circunstancias" de "elevado interés público" del asunto, al plasmar el conflicto existente entre los detractores y partidarios del cobro de retribuciones económicas por parte de la SGAE.

La sentencia considera que del contexto de las expresiones vertidas en la web anarquista se infiere que no tenían por objeto la imputación de un delito, sino la crítica de las remuneraciones de la SGAE como causa de enriquecimiento injusto.

No obstante, el Tribunal Supremo valora también la "gravedad" de las palabras utilizadas por la CNT, aunque llega a la conclusión de que "no son suficientes para desvirtuar la prevalencia de la libertad de expresión, atendiendo al contexto de fuerte discusión social, nacional e internacional existente sobre el tema y a la falta de alusiones personales".

Demanda de la SGAE


En su demanda de protección del derecho al honor contra la CNT, la SGAE solicitaba una indemnización de 9.000 euros por daño moral, así como la retirada de los "contenidos injuriantes" de la web de la CNT.

En estos nuevos tiempos la entidad aspira a mantener una relación cordial con todas las instituciones y colectivos, incluida la CNT

En el artículo se alude a una demanda de la SGAE contra el portal de Internet Alasbarricadas.org, con la "excusa" de unos comentarios contra uno de los miembros más conocidos entonces de la entidad, el cantante Ramoncín, en los que supuestamente se habría violado su "derecho al honor". "Si algo sabe hacer la SGAE es robar", decía el artículo, en el que se afirmaba que cualquiera que organice un evento cultural, aunque fuera sin ánimo de lucro, "es un enemigo, un objetivo a extorsionar por parte de esa cueva de ladrones dirigida por algunos de los más patéticos representantes de la incultura nacional".

El artículo añade: "Si los delincuentes de poca monta son condenados a prisión, lo lógico sería que a la SGAE se la considerara asociación criminal y sus dirigentes fueran desterrados de por vida a alguna isla desierta, encadenados a un disco de Ramoncín que no parara de sonar". "Antes pretendían controlar la difusión cultural. Ahora van más allá y quieren erigirse en los 'sheriffs' de los contenidos en la red", comenta.

En la sentencia del Alto Tribunal se reconoce que pudiera existir "una cierta desproporción" en las palabras utilizadas en la web, aunque considera que la gravedad de las expresiones "no es suficiente" para considerar prevalente el derecho al honor frente al derecho a la crítica. En el fallo se impone a la parte demandante, la SGAE, las costas del juicio.

Fuentes de la SGAE han señalado sobre la sentencia que se trata de un hecho del pasado, que en su momento la sociedad ni siquiera pidió la ejecución de sentencia, cuando la Audiencia Provincial les dio la razón, y que "en estos nuevos tiempos la entidad aspira a mantener una relación cordial con todas las instituciones y colectivos, incluida la CNT".

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cuchi35
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Avatar de cuchi35
cuchi35, 23.03.2012 - 15.00h

    pues como es libertad de expresion sigamos llamandoles Ladrones

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    tomas lopez
    2
    Avatar de tomas lopez
    tomas lopez, 23.03.2012 - 15.01h

      y entonces como hay que llamar al que se ha llenado los bolsillos de manera poco ejemplar?

      la relaccion que tiene la SGAE con el Psoe ya lo hemos visto los españoles.

      Psoe en gran parte de España es sinonimo de mangoneo. Mangoneo es la palabra más adecuada para estos chorizos?

      No si encimaestos mangantes registraran la palabra y nos haran pagar cada vez que la utilicemos.

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      Panchito José
      3
      Avatar de Panchito José
      Panchito José, 23.03.2012 - 15.02h

        No es libertad de expresión. Es sólo definirles exactamente.

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        Chupacharcos
        4
        Avatar de Chupacharcos
        Chupacharcos, 23.03.2012 - 15.03h

          En un país avanzado de primer mundo estarían todos los de la SGAE pudríendose en la cárcel y les podríamos llamar lo que quisiéramos como delincuentes que son.

          En un país de primer mundo digo, en España no.

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          tomas lopez
          5
          Avatar de tomas lopez
          tomas lopez, 23.03.2012 - 15.03h

            hombre eso de contenidos injuriantes......? lo que esta claro es que en la SGAE HAY MUCHO CACO

            Ya no puede recibir valoraciones +23
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            Epitafio
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            Avatar de Epitafio
            Epitafio, 23.03.2012 - 15.04h

              "Lllamar "ladrones" a la SGAE es libertad de expresión".

              Sobretodo cuando es verdad.

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              SalvemosLoEspañol
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              Avatar de SalvemosLoEspañol
              SalvemosLoEspañol, 23.03.2012 - 15.07h

                Ademas de la libertad es la realidad.

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                norberto_89
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                Avatar de norberto_89
                norberto_89, 23.03.2012 - 15.07h

                  Creo que el Tribunal Supremo es el máximo tribunal al que pueden acudir las personas, con lo cual lo que diga ahora este tribunal no puede ser recurrido en estancias superiores porque no hay nada más supremo que este tribunal... El siguiente sería el Constitucional pero sería si la sentencia es inconstitucional, y creo que no lo es porque es una valoración de la libertad de expresión, que no está digamos delimitada, pero obviamente que la palabra ladrón no es un insulto, sino que es un adjetivo para mí... Un insulto está claramente delimitado que es...

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                  akmevoy
                  9
                  Avatar de akmevoy
                  akmevoy, 23.03.2012 - 15.09h

                    ¿Como que libertar de expresión? Ladrones, es una definición exacta en su caso.

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                    ironhand
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                    Avatar de ironhand
                    ironhand, 23.03.2012 - 15.15h

                      Yo empiezo mi post, expresando que siento que son ladrones.

                      Ahora, no sé si estoy de acuerdo con esto. Automáticamente tenemos libertad de expresión para condenar al linchamiento público a todo el mundo.

                      Que no digo que en el caso de la SGAE no sea cierto, al contrario, pero creo que habría que valorar si hay pruebas sólidas antes de permitir juicios de valor de este tipo como libertad de expresión.

                      Me explico, si me acusan de robar judicialmente, veo lícito que me llamen ladrón mientras esa acusación se mantenga o tras mi condena. Lo que no vería de recibo es que me llamaran ladrón sin pruebas incriminatorias sobre la mesa, o sin condena.

                      Ojito con la tontería, que puede que de carta blanca (jurisprudencia) para injuriar a diestra y siniestra.

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