Teruel

El Justicia sugiere al Ayuntamiento de Albalate que medie para indemnizar al dueño de un área dañada por cabras montesas

El Justicia de Aragón ha sugerido al Ayuntamiento de Albalate del Arzobispo (Teruel) que medie con la sociedad de cazadores de la localidad para que se indemnice al dueño de un terreno, enmarcado dentro de un coto de caza municipal, cuyos árboles fueron dañados por unas cabras montesas.

Según refleja la sugerencia del Justicia, Fernando García Vicente, recogida por Europa Press, el 18 de diciembre de 2009 se registró en esta institución una queja por la supuesta desatención del Ayuntamiento a la reclamación por los daños que unas cabras montesas produjeron en septiembre de 2009 en los árboles de la finca, que iba acompañada de una valoración efectuada por una ingeniera técnica agrícola.

Tras estudiar el contenido de la solicitud, se comprobó que hacía referencia a una cuestión abordada anteriormente como consecuencia de un problema similar. En aquella ocasión se concluyó remitiendo una sugerencia al Ayuntamiento afectado. Dada la identidad de los hechos, se informó al ciudadano de las consideraciones jurídicas y la resolución adoptada, que le era favorable a su postura, para que pudiese fundamentar en ellos su reclamación. Esta información le fue remitida el día 8 de enero.

Sin embargo, el afectado compareció en la oficina del Justicia en marzo para informar de que el problema no se había solventado y que seguía sin ver compensados los daños, ya que en el Ayuntamiento le habían indicado que se había consultado el hecho con la sociedad de cazadores, que tiene la gestión del coto municipal y la responsabilidad de la indemnización, sin que se hayan hecho cargo del montante de la misma.

El afectado no se mostró conforme con esta resolución, puesto que, con independencia de las relaciones existentes entre la entidad titular del coto y la sociedad de cazadores, éste es municipal y corresponde al Ayuntamiento responder en los términos que señala la Ley de Caza.

Con todo ello, se inició un expediente para conocer de forma completa el problema y se solicitó un informe al Ayuntamiento, que indicó que "los daños causados por especies cinegéticas dentro del coto son responsabilidad de la sociedad de cazadores, por tenerlo así inscrito entre ambas partes mediante un convenio".

El convenio reconoce la titularidad del Ayuntamiento sobre el coto y establece los derechos y obligaciones de ambas partes en cuanto a su gestión, señalando expresamente que "la sociedad asume expresamente las posibles indemnizaciones que pudieran derivarse de daños ocasionados, en actuaciones negligentes, por especies de fauna silvestre susceptibles de aprovechamiento cinegético".

Los afectados y los responsables de la sociedad mantuvieron una reunión que acabó sin acuerdo al ser las cantidades ofrecidas en concepto de indemnización muy inferiores a los perjuicios reclamados por los interesados mediante informes periciales, sin que, al parecer, exista voluntad de seguir debatiendo esta cuestión para alcanzar un acuerdo.

Considerando que dejar las cosas en este estado suponía una situación de indefensión para los afectados y que, en última instancia, la responsabilidad por daños agrarios producidos por especies cinegéticas es del titular del coto, se remitió un nuevo escrito al Ayuntamiento para conocer sus previsiones en orden al cumplimiento de la cláusula. El Ayuntamiento aludió al intento de llegar a un acuerdo del perjudicado con los cazadores y, en caso de no lograrlo, acudir a la vía judicial.

El Justicia ha indicado que, puesta de manifiesto la posición municipal y conocida la importante discrepancia entre ambas partes, sugiere que el consistorio medie ante la sociedad de cazadores para que cumpla el convenio por el que asume la indemnización en el coto o, subsidiariamente, instruya un expediente de responsabilidad para estudiar la concurrencia o no de requisitos legales y, en su caso, la procedencia o no de indemnizar al perjudicado en la cuantía que resultase acreditada.