Economía

Estos son los tipos de subsidios por desempleo del SEPE que puedes solicitar según tu caso

Oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha publicado información en sus redes sociales acerca de los distintos subsidios, ayudas y prestaciones que el organismo público concede a los ciudadanos en función de sus diversas situaciones laborales o socioeconómicas. 

Según informa la agencia pública a través de Twitter, hay diversas prestaciones asistenciales, cada una de ellas atendiendo a diversas circunstancias del solicitante. Estas son todas las ayudas por desempleo que concede el SEPE:

Subsidio de cotizaciones insuficientes

Este subsidio está destinado a trabajadores desempleados que hayan trabajado menos de un año. Estos ciudadanos tienen derecho a un subsidio de desempleo cuya duración "dependerá del número de meses cotizados y de si tiene o no responsabilidades familiares", según se establece en la web del SEPE.

Los requisitos para acceder a esta prestación son:

  • Estar desempleado
  • ​Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad
  • ​Haber cotizado al menos tres meses (si se tienen cargas familiares) o un mínimo de seis (si no se tienen cargas familiares); y menos de un año
  • ​No percibir rentas superiores al 75% del salario mínimo

La duración de la prestación dependerá del número de meses cotizados y de si se tienen responsabilidades familiares:

  • Si se tienen responsabilidades familiares, la prestación durará los mismos meses que se haya cotizado. Si la cotización ha sido superior a seis meses, el subsidio durará hasta 21 meses. 
  • Si no se tienen responsabilidades familiares, el subsidio durará un máximo de seis meses

La cuantía a percibir será del 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), es decir, de 480 euros al mes

Subsidio por agotamiento sin cargas familiares

Esta prestación está dirigida a los trabajadores en paro que hayan agotado el subsidio contributivo, que tengan más de 45 años y sin responsabilidades familiares a su cargo, según se establece en la web del SEPE.

Los requisitos para acceder a esta prestación son:

  • Estar desempleado
  • ​Estar inscrito como demandante de empleo
  • ​No haber rechazado una "oferta de colocación adecuada"
  • ​Suscribir el acuerdo de actividad
  • ​Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
  • Tener cumplidos 45 años en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva.
  • ​No percibir rentas superiores al 75% del salario mínimo

La duración será de seis meses como norma general, y del número de meses trabajados en el caso de trabajadores fijos discontinuos. La cuantía será del 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), es decir, de 480 euros al mes.

Subsidio por agotamiento con cargas familiares

Esta prestación está dirigida a los trabajadores en paro que hayan agotado el subsidio contributivo y tengan responsabilidades familiares a su cargo.

Los requisitos para acceder a esta prestación son:

  • Estar desempleado
  • ​Estar inscrito como demandante de empleo
  • ​No haber rechazado una "oferta de colocación adecuada"
  • ​Suscribir el acuerdo de actividad
  • ​Tener responsabilidades familiares
  • ​​No percibir rentas superiores al 75% del salario mínimo

La duración, según se explica en la web del SEPE, "será de 6 meses prorrogables por periodos semestrales, en función de la duración de la prestación por desempleo que haya agotado y de su edad":

  • Si se es menor de 45 años y se ha agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, se tendrá derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 18 meses.
  • Si se es menor de 45 años y se ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, se tendrá derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 24 meses.
  • Si se es mayor de 45 años y se ha agotado una prestación contributiva de 4 meses, se tendrá derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 24 meses.
  • Si se es mayor de 45 años y se ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, se tendrá derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 30 meses.

La cuantía será del 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), es decir, de 480 euros al mes.

Subsidio para emigrantes retornados

Esta prestación está dirigida a los emigrantes que vuelvan a España tras una estancia en el extranjero. Los requisitos son:

  • Estar desempleado
  • ​Retornar a España desde países que no formen parte de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza.
  • ​​Estar inscrito como demandante de empleo
  • ​Suscribir el acuerdo de actividad
  • ​Haber trabajado doce meses mínimo en los últimos seis años desde la salida de España en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo o Suiza.
  • No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo por cotizaciones que tuviera acumuladas en los seis años anteriores a su salida de España
  • ​​No percibir rentas superiores al 75% del salario mínimo

La duración, según aclaran desde el SEPE, es de seis meses, que pueden prorrogarse hasta un máximo de 18 meses. La cuantía será del 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), es decir, de 480 euros.

Subsidio para liberados de prisión

Esta prestación está dirigida a los ciudadanos que salgan de prisión tras cumplir su pena de cárcel. Para ellos, los requisitos para acceder a una prestación de desempleo son:

  • Estar desempleado
  • ​Estar inscrito como demandante de empleo
  • ​No haber rechazado una "oferta de colocación adecuada"
  • ​Suscribir el acuerdo de actividad
  • ​No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.
  • Haber sido liberado o liberada de prisión, siempre que la privación de libertad haya sido por un tiempo superior a seis meses.
  • ​​No percibir rentas superiores al 75% del salario mínimo 

Según informa el SEPE, la duración es de seis meses, que pueden prorrogarse hasta un máximo de 18 meses. La cuantía será del 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), es decir, de 480 euros.

Subsidio para mayores de 52 años

Los mayores de 52 años, tal y como recoge el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), tienen derecho a un subsidio por desempleo para mayores de 52 años en caso de haber agotado la prestación contributiva.

Estos son los requisitos:

  • ​Estar en desempleo
  • ​Tener 52 años o más
  • ​Haber agotado la prestación contributiva
  • ​Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde el final de la prestación por desempleo
  • ​Suscribir el acuerdo de actividad
  • ​Carecer de rentas superiores al 75% del SMI
  • ​Acreditar haber cotizado por jubilación un mínimo de 15 años
  • ​Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años.

Para esta prestación, la cuantía es del 80% del IPREM (unos 480 euros mensuales) y la duración, de cumplirse los requisitos, es hasta que se alcance la edad exigida para tener derecho a la pensión contributiva de la Seguridad Social (la jubilación).