Declaración Renta

Mínimo exento, planes de pensiones, ayuda a madres, deflactación en varias autonomías... principales novedades de la Renta 2022-2023

Este martes 11 de abril arranca la campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio fiscal de 2022. A partir de este día, los contribuyentes que tengan la obligación de presentar la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), podrán hacerlo a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Concretamente, la Administración habilitará el portal 'Renta WEB' para la confección del borrador de manera telemática y se podrá conocer si el resultado sale a pagar o a devolver. 

El plazo para presentar la declaración finalizará el 30 de junio, mientras que el 27 de junio acabará para aquellas personas que tengan resultado a ingresar con domiciliación bancaria. Por otro lado, desde el 3 de mayo se podrá solicitar cita previa para la confección de la declaración por vía telefónica, que comenzará el 5 de mayo, y a partir del 1 de junio se podrá realizar en las oficinas de la Agencia Tributaria de manera presencial. 

Cambios en los planes de pensiones

Una de las principales novedades a tener en cuenta afecta a la fiscalidad de los planes de pensiones. Como explica la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), se ha reducido "el límite total de aportaciones individuales que un mismo contribuyente puede realizar a sistemas de previsión social de cualquier tipo" por segundo año consecutivo. Así, ha pasado de 2.000 a 1.500 euros, "siempre que el total de aportaciones no sobrepase el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades profesionales". 

En este sentido, si se ha aportado una cantidad superior, "no solo no podrás recortar el exceso de la base imponible, sino que pueden incluso sancionarte", asegura la OCU. Por otro lado, el límite de aportaciones que el empleador puede llevar a cabo en favor del empleado en los planes de empleo asciende a 8.500 euros. "Como novedad también se incluyen en este límite las aportaciones del trabajador a ese mismo plan, siempre por un importe igual o inferior a la respectiva contribución empresarial".  Entre las dos, la aportación total con beneficios fiscales se mantiene en 10.000 euros anuales.

Ampliación de la deducción de maternidad

El sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) destaca como una de las principales novedades para esta campaña, la retroactividad de la deducción de las madres trabajadoras. "Hasta el 31 de diciembre de 2022, solo se podía aplicar la deducción por maternidad por aquellos meses en los que se realizaba una actividad por cuenta propia o ajena de alta en la Seguridad Social o mutualidad", explica la Agencia Tributaria.  A través de la disposición final quinta de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, se amplía la deducción por maternidad prevista en el artículo 81 de la Ley del IRPF

La deducción por maternidad es un beneficio fiscal de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de 3 años o adoptado que dé derecho a la aplicación del mínimo por descendiente. Se trata de una deducción que ya existía para madres trabajadoras. Como novedad, esta ayuda se extenderá y tendrá carácter universal para beneficiar a todas las madres, estén o no trabajando de manera activa por cuenta ajena o propia.

Deflactación del IRPF en algunas comunidades

En esta campaña habrá que tener en cuenta las modificaciones que se han producido en las escalas del gravamen del IRPF aprobadas con efectos retroactivos para 2022 por algunas comunidades autónomas, como es el caso de la Comunidad de Madrid, Galicia o la Comunidad Valenciana, con el objetivo de hacer frente a la inflación. 

En Madrid, por ejemplo, para un sueldo bruto de 20.000 euros tendrán una rebaja de la cuota del 6,2%, mientras que para un ciudadano que gane 32.600 euros brutos anuales, será del 2,7% y del 1,5% para un sueldo de 90.000 euros.

Impuesto a las grandes fortunas

Este tributo directo, personal y complementario del Impuesto sobre el Patrimonio aprobado por el Gobierno central se aplicará ya respecto al ejercicio 2022 para aquellos que tengan un patrimonio neto superior a los tres millones de euros. Existe un mínimo exento de 700.000 euros y se divide en tres tramos: 1,7% para patrimonios de 3 a 5 millones de euros, 2,1% para patrimonios de 5 a 10 millones de euros y 3,5% para patrimonios por encima de 10 millones de euros.

Nuevo apartado para las criptomonedas

La Agencia Tributaria ha habilitado una casilla dentro de la presentación del modelo de declaración para registrar las ganancias y pérdidas derivadas de la transmisión o permuta de monedas virtuales.

El mínimo exento se mantiene

Pese a que en los presupuestos generales de 2023 el Gobierno elevó de 14.000 a 15.000 euros brutos el mínimo exento para declarar el IRPF y amplió de 18.000 a 21.000 euros brutos la reducción por los rendimientos del trabajo, estas medidas no se aplicarán en la declaración de la renta de este año. Sí entrarán ya en vigor en el siguiente ejercicio. 

Otras novedades importantes de este año

Para las actividades económicas en estimación objetiva, se aumenta la reducción general sobre el rendimiento neto de módulos del 5% al 15% en el ejercicio de 2022. Según recoge Europa Press, para las actividades agrícolas y ganaderas, con la finalidad de compensar el aumento de los costes por determinados insumos, el rendimiento neto previo podrá minorarse en el 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola y en el 15% del precio de adquisición de los fertilizantes.

Como consecuencia de la erupción volcánica en La Palma, los contribuyentes que realicen actividades económicas en esta isla podrán reducir el rendimiento neto de módulos en un 20% para el ejercicio de 2022 y 2023. 

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