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Las multas ganan terreno a los trabajos comunitarios en el nuevo código penal de Gallardón

José Bou, en el banco de alimentos de Cruz Roja, donde cumplió pena de trabajos sociales y donde continúa como voluntario.
Eva Mañez

La condena de trabajos en beneficio de la comunidad (TBC) corre el riesgo de morir de éxito. El nuevo Código Penal reduce el número de delitos leves sobre los que se podrá aplicar esta medida —hurtos, daños en el mobiliario, maltrato animal, entre otros— e impide que se utilice como pena alternativa cuando se produzca un impago de las multas.

El texto propuesto por el Ministerio de Justicia de Alberto Ruiz-Gallardón apuesta por la imposición de sanciones económicas, en detrimento de los trabajos comunitarios, una medida considerada de gran valor resocializador y rehabilitador del delincuente, dos principios que deben de regir las penas según establece el artículo 25 de la Constitución.

Los trabajos comunitarios como alternativa a la prisión entraron en el ordenamiento español en 1995. Al principio casi no tuvieron eco. A partir de 2003 los jueces pudieron dictar esta pena de forma directa, no solo como sustitución de otra, y aumentaron las condenas. La explosión llegó en 2007,  cuando delitos de violencia de género y de tráfico pasaron a acarrear pena de trabajos para la comunidad. El pico máximo se produjo en 2009 con más de 110.000 condenas. La reformulación de la norma en 2010 permitió que los delitos de tráfico pudieran saldarse con multas. Desde entonces, estas penas se han reducido a la mitad, hasta las 54.070 que se impusieron en 2012, último dato disponible en el INE.

El nuevo de Código Penal —que recibirá enmiendas parciales en febrero— da la opción a los jueces de suspender una condena y cambiarla por trabajos comunitarios en beneficio del condenado, por ejemplo para los que delinquen por sus graves adicciones a las drogas. Como pena directa se mantiene en algunos delitos relacionados con la violencia de género, el robo de uso de vehículo y el 'top manta'.

"La reforma proyectada, efectivamente, apuesta por la pena de multa en detrimento de la pena Trabajos en Beneficio de la Comunidad (TBC)", concluye María Marta González Tascón, profesora de Derecho Penal. Esta experta lamenta el giro jurídico del nuevo Código Penal y  considera que los trabajos sociales tienen "mayor potencial" como alternativa a la prisión, "que tantos efectos desocializadores comporta y tanto gasto genera".

"Doblemente efectivo para la sociedad y para el condenado"

Varios expertos en derecho penal tachan de paso atrás la reducción de penas de trabajos comunitarios. Y recuerdan que España está entre los países con mayor presión demográfica carcelaria de Europa.

Respecto a la supresión de esta alternativa para los que incurren en impago de la pena-multa, los expertos consultados tienen la confianza de que se trate de un "error técnico" del proyecto, porque si no estaríamos ante "un auténtico desatino y un gran retroceso en la lucha contra las tradicionales penas privativas de libertad", en palabras de González Tascón.

El colectivo de jueces también se muestra muy crítico con la reducción de las posibilidades de ordenar trabajos sociales, una medida que consideran madura. Para Jueces para la Democracia la reforma "demuestra que el Gobierno no apuesta por la reinserción de los delincuentes y sí por la vía autoritaria y la retributiva", en palabras de su portavoz, Joaquim Bosch. La asociación lamenta que España abandone la senda que recorren sistemas judiciales de nuestro entorno europeo, que en ningún caso contemplan un repliegue en medidas alternativas resocializadoras.

El juez decano de Madrid, José Luis González Armengol, tampoco oculta su desacuerdo con la pérdida de fe en los trabajos en beneficio de la comunidad. El juez decano la cosidera una pena de gran valor por su efecto integrador "que resultaba doblemente efectiva para la sociedad y para el propio condenado". Desde una perspectiva más personal, González Armengol considera que los trabajos comunitarios han resultado bastante "útiles" en su demarcación, donde los condenados ayudaron a pintar los calabozos.

Críticas a la "visión recaudatoria" de la reforma penal

Los planes del Ministerio de Justicia eran todavía más radicales en un primer momento. El anteproyecto anterior contemplaba la supresión de todas las penas de trabajos en beneficio de la comunidad inferiores a un mes. El gabinete de Gallardón argumentaba que la pena resulta más "más gravosa para el condenado" que una multa, así como "los problemas para llevar a efecto su ejecución". El pasado octubre se retiraba este párrafo de la exposición de motivos de la reforma, aunque no se volvieron a introducir algunos trabajos sociales con duración inferior a 31 días en el articulado.

Los catedráticos en derecho penal consultados por 20minutos discrepan con los argumentos del Ministerio. Ellos consideran que una condena de trabajos sociales es menos gravosa que la multa El juez Gonzalez Armengol asegura que le consta "que en determinados trabajos sociales ha habido satisfacción personal de los penados".

Otros juristas recuerdan que las multas las pueden acabar pagando personas diferentes a la condenada, rompiendo la cadena de justicia. Por ese motivo esperan que los grupos parlamentarios usen las enmiendas parciales en febrero para que el Código Penal refuerce el peso de los trabajos comunitarios sobre las multas en el nuevo Código Penal.

El catedrático en Derecho Penal de la Universidad Carlos III Jacobo Dopico aprecia claramente una "visión recaudatoria" en la reforma, que califica de "políticamente regresiva". Dopico recuerda que en numerosas ocasiones los trabajos en beneficio de la comunidad recaen en jóvenes adultos con delitos menores. "Ahora sus padres deberán hacerse cargo de la sanción económica, pero se perderá la función resocializadora", se lamenta.

Los magistrados reconocen que el 'boom' de condenas de trabajos sociales de hace un par de años supuso un reto para los jueces de vigilancia penitenciaria, ante las dificultades para encontrar suficientes tareas. Sin embargo, consideran que las limitaciones de las administraciones para edificar una red sólida de puestos voluntarios para condenados no justifica que el Ministerio suprima una medida tan positiva.

¿Cómo se gestiona una pena de trabajos en beneficio de la comunidad?

Instituciones Penitenciarias tiene acuerdos con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y con diversas ONG para proporcionar ubicaciones a los condenados donde realizar trabajos en beneficio de la comunidad. Tienen que ser trabajos no remunerados ni supeditados a intereses económicos que han de realizarse en beneficio de la sociedad. En todos los casos exigen el consentimiento del condenado para su aplicación. La FEMP dispone actualmente de 819 ayuntamientos adscritos al plan que suman 6.016 plazas. En la mayoría de los casos ofrecen labores de jardinería y de mantenimiento.

La profesora de criminología María Contreras, autora del estudio 'El potencial rehabilitador de la pena de trabajos en beneficio de la comunidad', reconoce que en los últimos años España ha realizado muchos esfuerzos en la gestión de plazas, mientras que ha obviado el debate sobre la eficacia de la medida.

A su juicio, urge revisar la fórmula de aplicación de los trabajos comunitarios para garantizar su éxito rehabilitador. Estudios sugieren que se mejora la eficacia de la pena si el condenado valora positivamente el trabajo, si la supervisión incluye formación, si se permite al culpado tomar decisiones y, sobre todo, si se conecta el trabajo a realizar con el daño cometido (como que un condenado con problemas de drogodependencia acuda a ayudar en un centro de desintoxicación).

José Bou sigue de voluntario en una ONG tras hacer trabajos sociales: "Devuelves a la comunidad el mal que pudieras haber hecho"

"Me llamo José Bou, (en la foto, arriba) tengo 44 años y soy conductor de ambulancias. Empecé hace cinco meses de voluntario en el servicio de socorros y emergencias de Cruz Roja, porque estoy en el paro. Tuve un problema familiar, en el que no veo necesario entrar, simplemente acaté mi sentencia. Tenía que cumplir una condena de 21 días de trabajos para la comunidad. Me dijeron que en parques y jardines en el Ayuntamiento de Valencia o, por mi experiencia previa en Cruz Roja, que preguntara a la ONG si podía hacerlo ahí, en tareas administrativas. Fui, lo comenté y dijeron que sí.

Empecé a trabajar en la base del banco de alimentos, haciendo llamadas telefónicas en captación de fondos, recogiendo en furgoneta donaciones de alimentos y juguetes. La condena la acabé ya a mediados de diciembre. Pero he seguido con ellos porque es muy interesante, es una labor social. Es muy gratificante cuando acudes a llevar los alimentos a las familias que los necesitan. Además, aquí la gente es estupenda, los voluntarios estamos muy en contacto. Los trabajos en beneficio de la comunidad me parecen una medida perfecta, sobre todo si se hacen en ONG, porque hacen falta manos.

No se trata de obligar, pero sí ofrecer a la gente la posibilidad de que se sientan bien colaborando con la sociedad. Es genial porque entonces ya no lo vemos como un castigo, sino como una oportunidad de ayudar a la sociedad. Lo que estás haciendo es devolver a la comunidad el mal que le pudieras haber hecho. Yo nunca había tenido problemas con la Justicia y espero no volver a tenerlos nunca más. Pero creo que esto ayuda a verse útil para la sociedad y calculo que a la gente le hará plantearse ayudar y no ir por la vida de otras formas".