El reglamento de la ley Sinde que no se aprobó es más duro con las páginas web de enlaces

  • La última versión del reglamento de la ley Sinde es más dura con los infractores de delitos de propiedad intelectual reincidentes.
  • Se ha desoído la sugerencia del Consejo General del Poder Judicial, que advirtió que las webs de enlaces no incurren en ningún delito.
  • El reglamento quedó pendiente de aprobación en el pasado Consejo de Ministros y ahora se espera que pase "a manos" del PP.
Ángeles González-Sinde, durante una gala celebrada en Nueva York.
Ángeles González-Sinde, durante una gala celebrada en Nueva York.
EFE
Ángeles González-Sinde, durante una gala celebrada en Nueva York.

Tras dos años de polémica costante, todo el mundo daba por hecho que el pasado viernes culminaría el proceso de gestación de la conocida como ley Sinde. El último paso era la aprobación del reglamento de dicha ley en el Consejo de Ministros. Ramón Jáuregui, ministro en funciones de la Presidencia, había asegurado que el texto contaba con el respaldo del PP y sería aprobado. Sin embargo, tras la oposición a Zapatero de varios de sus ministros, el proceso volvió a quedar paralizado.

Ahora, con el texto aún pendiente de aprobación y a punto de pasar a manos del Gobierno del Partido Popular, la llama de la polémica ha vuelto a avivarse debido a la filtración del reglamento. El texto, publicado por el diario El País, presenta unos cuantos cambios significativos respecto al borrador que ya se conocía. Desde un punto de vista general, podría decirse que la norma se ha vuelto más dura que en su planteamiento inicial.

La novedad más destacable se encuentra en en el artículo 20.2 del borrador. En un principio estaba previsto que, si una web denunciada retiraba los contenidos en menos de 48 horas, el proceso se archivaba. Si la página volvía a poner enlaces a los mismos contenidos o a contenidos del mismo propietario, el proceso se reiniciaba. Según el nuevo texto, ahora el trámite se reabriría "en fase de prueba y conclusiones".

En este punto, la redacción del regalmento responde a las sugerencias del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que ya señaló que "la clave para que el mecanismo de reapertura [del expediente] tenga alguna virtualidad, es fijar dicha reapertura en un momento del procedimiento que impida al reincidente volver a emplear el mecanismo de retirada voluntaria".

En cambio, la ley Sinde sí desoye al (CGPJ) al poner especial énfasis en el castigo a los responsables de páginas web de enlaces a contenidos protegidos. Según el informe de dicho organismo, "no se les puede atribuir una vulneración de derechos de propiedad intelectual por más que las páginas o contenidos a los que enlacen hayan sido ilícitamente subidos a la red en origen, ya que en rigor los enlazadores no estarían reproduciendo, comunicando públicamente ni efectuando una conducta que pueda ser calificada como de explotación de derechos de propiedad intelectual".

Otro punto en el que sí se ha obedecido a las sugerencias es en la ampliación a 48 horas del plazo en que un operador de telefonía debe entregar los datos del infractor cuando estos le sean pedidos por el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo. El proceso total para cerrar una página web de enlaces sería de entre 28 días y tres meses como mucho.

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