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¿Pueden los vecinos delegar su voto en el administrador si no acuden a la junta?

Una comunidad de vecinos.
¿Pueden los vecinos delegar su voto en el administrador si no acuden a la junta?
Imagen de greissdesign en Pixabay.
Una comunidad de vecinos.

PREGUNTA

  • En mi comunidad de propietarios últimamente ya casi nadie acude a las pocas juntas que se han convocado. Yo entiendo que hay todavía mucha prevención por causa del Covid-19, pero hay una serie de decisiones importantes que hay que tomar ¿Es posible que los vecinos que así lo deseen deleguen su voto en el administrador?

Sí, es posible. El artículo 15.1 de la Ley de Propiedad Horizontal establece la posibilidad de que la asistencia a las Juntas sea bien personal, bien a través de representación, bastando para ello que dicha representación se acredite por escrito, debidamente firmado por el propietario que la concede y a favor de quién la otorga. Nada impide que quien asuma esa representación sea, además, el administrador.

Ahora bien, como es lógico, si alguno de los asuntos a tratar en la junta afectan al propio administrador o a la labor por él desempeñada, lo lógico será que tales representaciones se otorguen a otra persona.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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